Un Tribunal admitió a trámite la demanda de inconstitucionalidad presentada por el abogado constitucionalista André Benavides. El jurista considera que la sanción prevista en el COIP es desproporcionada.
Punto Noticias.- La Corte Constitucional admitió a trámite la demanda de inconstitucionalidad en contra de la sanción con cárcel por exceso de velocidad.
🔴 #Atención || La @CorteConstEcu admitió a trámite la demanda de inconstitucionalidad que presentó el abogado @AndreBenavidesM, en contra de la sanción de privación de libertad por exceso de velocidad. En el término de 15 días la @AsambleaEcuador, @Presidencia_Ec y @PGEcuador… pic.twitter.com/flV9Gkmpoh
— Radio Pichincha (@radio_pichincha) August 30, 2024
Sanción por exceder los límites de velocidad
El pasado 5 de agosto, el abogado constitucionalista Andrés Benavides presentó una acción pública de inconstitucionalidad en contra de la pena privativa de libertad de tres días prevista en el primer inciso del artículo 386 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).
A esa demanda se sumó el numeral 3 del mismo inciso de la norma legal que señala que esa pena va dirigida al “conductor que, con un vehículo automotor, exceda los límites de velocidad fuera del rango moderado, establecidos en el reglamento correspondiente”.
La sanción debe ser proporcional
Para Benavides, el recurso interpuesto tiene como objetivo que las sanciones sean proporcionales a la gravedad de la infracción. Por lo tanto, espera que no se sancione con prisión el exceder los rangos moderados.
Actualmente, ese cuerpo legal faculta que se sancione con tres días de cárcel, una multa de USD 460 y la reducción de 10 puntos en su licencia a un conductor que circule a más de 60 Km/h en vías urbanas.
Normativa vigente desde el 30 de julio
De hecho, la normativa está en marcha desde el pasado 30 de julio, cuando los agentes de tránsito empezaron los operativos de velocidad con los cinemómetros o radares de mano. Ese día fue detenido un ciudadano extranjero que se movilizaba a 64 km/h.
La jueza ponente del Tribunal de Admisión, Teresa Nuques, dio paso a la admisibilidad del recurso presentado por Benavides y sugirió el adelanto del orden cronológico de la demanda para que el caso sea puesto en conocimiento del Pleno.
Notificaciones
La jueza pidió que se notifique con su providencia a la Asamblea Nacional, a la Presidencia de la República y a la Procuraduría General del Estado para que intervengan defendiendo o impugnando la constitucionalidad de la normativa impugnada, en el término de 15 días, debiendo además señalar casilla constitucional o correo electrónico para futuras notificaciones.
Solicitó a la Asamblea Nacional que, en igual término, remita a la Corte Constitucional el expediente con los informes y demás documentos que dieron origen a la normativa impugnada.