La Asamblea Nacional tramitará la reforma parcial a la Constitución, que plantea eliminar el financiamiento del Estado a los movimientos y partidos políticos.
Punto Noticias.- La Corte Constitucional dio paso a la reforma parcial a la Constitución, para que el Estado ecuatoriano elimine el financiamiento a las organizaciones políticas.
A través de un dictamen, emitido el 28 de octubre, el organismo constitucional declaró que la propuesta del Ejecutivo de Daniel Noboa sí es apta para ser tramitada.
En este sentido, la Corte dispuso a la Asamblea Nacional tramitar esta modificación constitucional, conforme el artículo 442 de la Carta Magna.
El artículo establece:
«La iniciativa de reforma constitucional será tramitada por la Asamblea Nacional en al menos dos debates. El segundo debate se realizará al menos noventa días después del primero. El proyecto de reforma se aprobará por la Asamblea Nacional. Una vez aprobado el proyecto de reforma constitucional se convocará a referéndum dentro de los cuarenta y cinco días siguientes».
En caso de ser aprobada, el Legislativo remitirá a la Corte Constitucional, la convocatoria a referéndum aprobada, para un control previo. Posteriormente, el Consejo Nacional Electoral será el ente encargado de convocar a la ciudadanía a las urnas.
🛑#Atención | La @CorteConstEcu dictaminó que la propuesta de reforma parcial a la Constitución, para modificar los artículos 110 y 115, sobre el financiamiento del Estado a la organizaciones políticas es procedente y dispone a la @AsambleaEcuador tramitar esta propuesta. pic.twitter.com/ocFGKGnoJW
— Radio Pichincha (@radio_pichincha) November 27, 2024
¿Qué propone el Gobierno con estas reformas?
El 20 de septiembre, el Primer Mandatario remitió un proyecto de reforma parcial a los artículos 110 y 115 de la Carta Magna.
El artículo 110 establece:
«Los partidos y movimientos políticos se financiarán con los aportes de sus afiliadas, afiliados y simpatizantes, y en la medida en que cumplan con los requisitos que establezca la ley, los partidos políticos recibirán asignaciones del Estado sujetas a control. El movimiento político, que en dos elecciones pluripersonales sucesivas obtenga al menos el cinco por ciento de votos válidos a nivel nacional, adquirirá iguales derechos y deberá cumplir las mismas obligaciones que los partidos políticos».
Entretanto, el artículo 115 plantea:
«El Estado, a través de los medios de comunicación, garantizará de forma equitativa e igualitaria la promoción electoral que propicie el debate y la difusión de las propuestas programáticas de todas las candidaturas. Los sujetos políticos no podrán contratar publicidad en los medios de comunicación y vallas publicitarias. Se prohíbe el uso de los recursos y la infraestructura estatales, así como la publicidad gubernamental, en todos los niveles de gobierno, para la campaña electoral. La ley establecerá sanciones para quienes incumplan estas disposiciones y determinará el límite y los mecanismos de control de la propaganda y el gasto electoral».
Noboa argumentó que, con la reforma parcial, busca «evitar el mal uso de los recursos públicos que son otorgados a los partidos y movimientos y que no son debidamente justificados».
Según el presidente, esta modificación propiciará la eficiente asignación de los recursos del presupuesto general del Estado a la ciudadanía.
Agrega que los mismos podrán ser empleados en otras áreas de mayor envergadura como salud, educación, seguridad, entre otros.
En la demanda remitida al organismo constitucional, el jefe de Estado adjunta el anteproyecto, con la pregunta que se trasladará a la ciudadanía, en caso de un pronunciamiento favorable. Esta plantea:
¿Está usted de acuerdo con que se elimine la obligación del Estado de asignar recursos del Presupuesto General del Estado a las organizaciones políticas, reformando parcialmente la Constitución de conformidad con el Anexo de la pregunta?
Asimismo, el Gobierno aclara que esta reforma no afectaría las elecciones generales de 2025, de las que Noboa participará como candidato.