Los asambleístas aprobaron un proyecto con el que se deja sin efecto las modificaciones laborales establecidas entre los trabajadores y empleadores para la preservación de fuentes de trabajo que se dictaron durante la pandemia.
Punto Noticias.- Con 109 votos, el Pleno de la Asamblea Nacional derogó parcialmente la Ley de Apoyo Humanitario referente a materia laboral.
La intención de los legisladores es dejar sin efecto las modificaciones laborales establecidas entre los trabajadores y empleadores para la preservación de fuentes de trabajo que se dictaron durante la pandemia de la Covid-19.
Las reformas a la Ley Humanitaria derogarían los textos referentes a las medidas para apoyar la sostenibilidad del empleo que dieron paso a la reducción de la jornada de trabajo por eventos de fuerza mayor o caso fortuito, contratos especiales emergentes, condiciones mínimas para la validez de los acuerdos, goce de vacaciones y prestaciones del seguro de desempleo, entre otras.
Una de las cosas que se destacan es que todas aquellas personas que hayan sido incorporadas a una empresa bajo un contrato emergente y a la fecha de entrada en vigencia de esta ley hayan superado los 90 días del período de prueba, dichos contratos tendrán el carácter de indefinidos.
En el proyecto de ley se incorpora una disposición transitoria al Código Orgánico Monetario Financiero en que se dispone a todas las entidades del sistema financiero que efectúen acuerdos con sus clientes para reprogramar, refinanciar y suspender el cobro de cuotas impagas generado por cualquier tipo de obligación crediticia adquirida desde el 16 de marzo de 2020 hasta diciembre del 2021.
Durante el período de diferimiento se prohíbe la generación de intereses de mora sobre el capital de los valores diferidos desde marzo del 2020 a diciembre del 2021.
En cuanto a los intereses que se hubieran calculado por estas reprogramaciones, refinanciamientos o restructuraciones se convino que serán condonados.
Se dispone la condonación de intereses de mora para los actuales deudores con entidades del sistema financiero público o privado, que incluye los segmentos de las mipymes, microcrédito, crédito agrícola y los emprendimientos de la economía popular y solidaria.
Otra de las cosas aprobadas es que se ordena a las empresas de seguros generales, seguros de vida, asistencia médica y compañías de medicina prepagada, reprogramar el cobro de cuotas mensuales de seguros.
El proyecto pasará a conocimiento del Ejecutivo para su sanción o veto en un plazo de 30 días.