Juez constitucional señaló que jueces incurrieron en error inexcusable, al aceptar parcialmente acción de protección del expresidente del Consejo del a Judicatura, Wilman Terán. Aclaró que no se puede modificar el presupuesto establecido y por lo tanto el Ministerio de Economía no deberá pagar nada extra a la Judicatura.
Punto Noticias.- El juez constitucional Enrique Herrería aceptó la acción extraordinaria de protección del Ministerio de Economía y negó la acción de protección presentada por Wilman Terán, quien cuando fue presidente del Consejo de la Judicatura, pidió un incremento del presupuesto para la institución.
La acción interpuesta por Economía se dio luego de que en primera instancia una jueza de una Unidad Judicial de Familia, de Quito, aceptó parcialmente el recurso legal presentado por Terán en contra de la Presidencia de la República, el Ministerio de Economía y la Procuraduría General del Estado.
Posteriormente, por apelación, el caso fue analizado por una Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha, conformada por los jueces José Jiménez, Mónica Bravo y Miguel Ángel Narváez, que aceptó parcialmente el recurso solo de Terán y desechó de Economía.
Esto motivó al Ministerio de Economía que interponga el recurso de acción extraordinaria de protección ante la Corte Constitucional, cuya causa recayó en el despacho del juez Herrería.
🔴 #ATENCIÓN | Corte Constitucional acepta acción extraordinaria de protección interpuesta por el Ministerio de Economía en relación al presupuesto del Consejo de la Judicatura que fue objetado por Wilman Terán cuando era presidente de la entidad y que en su momento también… pic.twitter.com/NRMWQdETcJ
— Radio Pichincha (@radio_pichincha) July 19, 2024
Juez constitucional pidió informe
Tras el análisis de la causa, Herrería solicitó el 27 de junio de 2024 a los jueces de la Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha que emitan un informe de su actuación.
Para Herrería, los jueces incurrieron en una equivocación inaceptable.
“Su actuación judicial se aparta ampliamente de la naturaleza y del fin que persigue la acción de protección, porque no se limita al amparo directo y eficaz de los derechos constitucionales, sino que se inmiscuye en la asignación de recursos públicos a órganos estatales, lo que conlleva la alteración directa del Presupuesto General del Estado”, expresó.
¿Desconocimiento de la Constitución?
Herrería señaló que el hecho de aceptar la demanda de Wilman Terán supone un desconocimiento total de la Constitución, por lo que la decisión que se adoptó solo puede identificarse como un error inexcusable en la aplicación de normas constitucionales y principios básicos de Derecho por parte de la Sala.
Ante esta situación, consideró que no se puede ordenar la modificación del Presupuesto General del Estado a través de la garantía jurisdiccional en cuestión.
Como parte de su decisión, el juez Herrería resolvió que los jueces de la Corte Provincial de Pichincha incurrieron en error inexcusable y notificó al Consejo de la Judicatura que dé inicio al procedimiento que corresponda.
De igual manera, dejó sin efecto las sentencias impugnadas.
La acción de Terán
Terán, cuando era presidente de la Judicatura, aseveró que en 2023 el presupuesto codificado del Consejo de la Judicatura ascendió a apenas a USD 340,26 millones cuando el óptimo solicitado correspondía a USD 432,70 millones.
A pesar de que presentó dichas cifras en su demanda, Terán pidió que se ordene el pago de USD 265,65 millones al Consejo de la Judicatura por vulneraron los derechos a la defensa, al acceso a la justicia y a la tutela judicial efectiva de los usuarios de la administración de justicia.
Por ello, en lo principal, pidió que se ordene que en el plazo de 48 horas la Presidencia de la República disponga al Ministerio de Economía que consigne a favor del Consejo de la Judicatura el valor de USD 265,65 millones. Monto que constituía el déficit del gasto corriente del ejercicio fiscal 2023.