Esta norma regirá a partir del lunes 17 de mayo de 2021, con su publicación en el Registro Oficial.
Punto Noticias. Mediante Acuerdo Ministerial No. 80, la Cancillería ecuatoriana estableció el requisito de visa, previo al ingreso a territorio ecuatoriano, a los nacionales de Haití, República del Congo, Mali, Costa de Marfil y Myanmar.
De acuerdo a un comunicado, la decisión responde a un análisis técnico realizado por la Cancillería y el Ministerio de Gobierno, en el que se evaluó el desarrollo de los flujos migratorios, riesgos de tráfico ilícito de migrantes, entre otros elementos.
Se exceptúan de esta disposición a los nacionales de dichos países que porten pasaportes diplomáticos, oficiales o especiales, al ser sujetos a exención recíproca de visados en virtud de los acuerdos multilaterales y bilaterales suscritos por la República del Ecuador.
De esta forma, Ecuador requiere visado a nacionales de 34 países: Afganistán, Angola, Bangladesh, Camerún, Corea del Norte, Costa de Marfil, Cuba, Egipto, Eritrea, Etiopía, Filipinas, Gambia, Ghana, Guinea, Haití, India, Irak, Irán, Kenia, Libia, Mali, Myanmar, Nepal, Nigeria, Pakistán, República del Congo, República Democrática del Congo, Senegal, Siria, Somalia, Sri Lanka, Venezuela, Vietnam y Yemen