El Ordeño reconoce la participación de un familiar del presidente Noboa en su paquete accionario, sin embargo, señala no reconoce inhabilidades.
Punto Noticias.- La empresa Sociedad Industrial Ganadera El Ordeño reconoce que la tía del presidente de la República, Isabel Noboa Pontón cuenta con una participación accionaria en la empresa.
“La participación accionaria de la señora Isabel Noboa Pontón es mínima: 0,15 % en Agroindustrias San Esteban C.A. AGRIESTEBAN, empresa que a su vez tiene 0,13% en la Sociedad Industrial Ganadera EL ORDEÑO S.A”, señala la empresa en un comunicado.
Tal aclaración se da en el contexto de versiones periodísticas que revelan que dicha empresa y otra adicional que conforma el grupo Corpabe S.A. sí cuentan con presencia accionaria del grupo Noboa.
Corpabe ganó el concurso para la provisión de desayunos escolares en el Ecuador en las zonas 5, 7 y 8 por un monto de 154 millones de dólares.
Dicho contrato ya habría sido adjudicado, según el abogado Jofre Campaña, representante legal de la empresa Lafattoria, este jueves en el noticiero de Radio Pichincha.
No reconoce inhabilidades
El Ordeño reconoce la participación de un familiar del presidente Noboa en su paquete accionario, sin embargo, señala no reconoce inhabilidades.
🛑#Atención | La empresa El Ordeño rechazó las acusaciones en su contra sobre el proceso de contratación pública para la provisión del desayuno escolar en el #Ecuador. Asegura que no tiene ningún impedimento y mantiene una «sólida trayectoria en el Programa de Alimentación… pic.twitter.com/IoRZcDqagk
— Radio Pichincha (@radio_pichincha) June 20, 2024
¿Qué dice la Ley?
La empresa, con un capital de más de USD 60 millones, asegura que esta presencia accionaria no causaría ningún tipo de inhabilidad, pues “según el reglamento general en contra de la Ley Orgánica de Contratación Pública solo aplica a personas jurídicas, donde un socio o accionista posea el 51 por ciento o más de las acciones o participaciones de una sociedad”.
El artículo del reglamento a la Ley Orgánica de Contratación Pública establece lo siguiente:
“Las entidades contratantes, deberán revisar que los socios o accionistas o partícipes no se encuentren incursos en las inhabilidades en el presente artículo, al presentar la ofertad. Se entenderá que esta disposición se refiere a personas jurídicas donde su socio o accionista sea mayoritario, es decir, debiendo poseer el 51% o más de acciones o participaciones de la persona jurídica”.
La empresa asegura que no tiene ningún impedimento y mantiene una «sólida trayectoria en el Programa de Alimentación Escolar (PAE) desde 2016.