Los funcionarios pueden presentar acciones legales que dilaten la ejecutoria de la sentencia de primera instancia del juez Ángel Torres.
Punto Noticias.- Los cuatro consejeros del Consejo Nacional Electoral (CNE), que fueron destituidos en primera instancia por un juez del Tribunal Contencioso Electoral (TCE), aprovecharán todo tipo de recurso legal para evitar que se cumpla con esa pretensión hasta, al menos, la primera vuelta electoral prevista para el 7 de febrero de 2021.
El 6 de enero, el juez Ángel Torres destituyó a los consejeros Enrique Pita, Diana Atamaint, José Cabrera y Luis Verdesoto, los sancionó a pagar una multa de 70 salarios (USD 28.000) y la pérdida de los derechos políticos por cuatro años.
La resolución del juez Torres se habría dado como parte de una denuncia de infracción electoral grave que interpuso el movimiento Justicia Social, alegando que los consejeros incumplieron dos sentencias del Tribunal. La una del 30 de octubre y la otra del 8 de diciembre, que hacían alusión a los plazos y procesos de democracia interna de la organización política.
Previo a que se ejecute la sentencia del juez Torres, los acusados tienen la facultad de apelar ese fallo, con el fin de que el Tribunal lo resuelva en última y definitiva instancia. Pero para llegar a ello, la estrategia de los sancionados dependerá de los recursos que planteen para extender la ejecutoria de la sentencia.
Esta situación se da en un momento en que existe un impasse entre ambas instituciones y hasta un pedido de vacaciones del presidente del TCE, Arturo Cabrera, quien lideró el diálogo con la presidenta del CNE, Diana Atamaint, para dar continuidad al proceso electoral.
De acuerdo a los plazos mínimos que puedan tomarse los jueces para resolver los recursos, una sentencia en firme podría conocerse el 1 de febrero. Seis días antes de los comicios.
Hasta este sábado tienen los cuatro consejeros para ingresar un recurso de aclaración y ampliación al fallo del juez Torres.
Byron Torres, abogado de Atamaint y Cabrera, comentó que interpondrá esas acciones porque la sentencia es “oscura”.
La resolución sobre este tema se podría conocer entre el 10 y 11 de enero. Luego, el camino será plantear la apelación a la sentencia del juez Torres. El juez de instancia concederá la apelación, se sorteará el juez sustanciador, y la admisión de apelación.
En este proceso hasta se podría recusar a los jueces que integren el pleno, lo que suspenderá los plazos hasta que se resuelva.
Cuando este se integre, los jueces tienen hasta diez días para emitir una sentencia, pero es posible que se haga en el menor plazo.
En esta sentencia se puede plantear aclaración y ampliación y finalmente podría haber una sentencia en firme el 1 de febrero.
Enrique Pita, vicepresidente del CNE, manifestó su preocupación si el Tribunal ratifica su destitución. En ese caso se deberá posesionar a los vocales suplentes, quienes a su vez deberán cumplir con la inscripción de candidaturas de Justicia Social.
El funcionario señaló que eso implica suspender el proceso electoral y no se cumpliría con las fechas de posesión de las nuevas autoridades. “Esto es un golpe a la institucionalidad democrática del país”, aseveró.
Mientras, el consejero José Cabrera aseguró que seguirán adelante con la organización del proceso electoral, y calificó a la sentencia de Torres como “política y no jurídica”.
Esta destitución se da en medio del debate de si los miembros del CNE pueden ser destituidos por los jueces electorales.
Con el tema de Justicia Social también se deben tramitar otras acciones. El ciudadano Marco Pérez Pérez ingresó una denuncia por infracción electoral en contra de los cinco jueces del Tribunal por haber “actuado irregularmente” en la causa de dicho movimiento.
El juez suplente a cargo de la causa, Richard González, resolvió presentar una consulta de norma a la Corte Constitucional (CC) para que se pronuncie respecto de la constitucionalidad del artículo 270 del Código de la Democracia.
Para González, esta norma “debe ser expulsada del ordenamiento jurídico para que en igualdad de condiciones exista un solo procedimiento previsto para juzgar infracciones electorales y con el que se juzgue a todos los servidores públicos sin distinción”.
El artículo 270 establece que la acción de queja es “el procedimiento que permite a los ciudadanos solicitar se sancione a los servidores electorales cuando sus derechos subjetivos se consideren perjudicados”.
Además, aclara que no pueden ser sancionados con la suspensión de derechos de participación ni con la destitución del cargo.
Fuente: El Universo, CNE, redes sociales