Especialistas consideran que la pregunta 2, de la propuesta de Consulta Popular del Gobierno, tiene posibilidades de pasar el filtro de la Corte Constitucional.
Punto Noticias.- El presidente Guillermo Lasso presentó las ocho preguntas que integrarán la consulta popular. Estas se dividen en temas de seguridad ciudadana, fortalecimiento de la democracia y protección del medioambiente.
Así la pregunta 2, relacionada al tema de seguridad, señala: “¿Está usted de acuerdo con permitir la extradición de ecuatorianos que hayan cometido delitos relacionados con el crimen organizado transnacional, a través de procesos que respeten los derechos y garantías, enmendando la Constitución según el anexo 2?”.
El ahora exministro del Interior, Patricio Carrillo, la mañana del martes 20 de septiembre, señaló que la extradición se la debe debatir, porque el crimen organizado da a los delincuentes una fuerte economía ilegal y exceso de poder. “Ellos utilizan la violencia para ejercer la presión necesaria”.
Mientras que el miércoles 14 de septiembre, la alcaldesa de Guayaquil, Cynthia Viteri, indicó que las preguntas en materia de seguridad en la Consulta Popular son innecesarias, porque el Estado puede actuar frente a necesidades conocidas. “El Estado central, encargado de la Policía, de militares, debería encargarse de tres papeles fundamentales que espera un ciudadano de un presidente: seguridad, educación y salud. Si un gobierno no cumple, no es gobierno”.
Normativa
La extradición de ecuatorianos está prohibida en todos los delitos, incluso aquellos relacionados al crimen organizado transnacional como el narcotráfico, el tráfico de armas, la trata de personas y el tráfico de migrantes.
En la Constitución del Ecuador, el artículo 79 señala que en ningún caso se concederá la extradición de una ecuatoriana o ecuatoriano. “Su juzgamiento se sujetará a las leyes del Ecuador”. Además, este artículo indica que los derechos son inalienables, irrenunciables, indivisibles, interdependientes y de igual jerarquía.
Para el abogado Salim Zaidán esta pregunta no está relacionada con ningún derecho. Por ello, si se la asocia con alguno, no puede proceder la vía de la enmienda, ni de la reforma parcial, para introducir un cambio constitucional que sea regresivo en derechos. “Ni por enmienda ni por reforma se pueden restringir derechos y garantías”.
Y agrega que la no extradición no está reconocida como un derecho, sino que se establece una prohibición en la constitución sobre la extradición de ecuatorianos. “Lo que se pretende es introducir una excepción a la regla”. E indica que al estar prohibida, la excepción sería que sí se la puede efectuar con determinados delitos. Por ello, considera que esta pregunta tiene posibilidades de pasar el filtro de la Corte Constitucional.
Sin embargo, el abogado mira aquí un nuevo problema: saber qué es exactamente el crimen organizado y qué delitos lo conforman. “Debería ser más precisa la pregunta, y el cambio propuesto debería ser más puntual”. Zaidán puntualiza que para reducir los índices no serviría la extradición. “No es la única acción a realizar, pero sí puede ser un factor que en algo ayude a disuadir la expansión de estas redes de crimen organizado”.
Único Caso
El único ecuatoriano extraditado a Estados Unidos por narcotráfico fue Édison Washington Prado Álava, alias “Gerald”, conocido como “El Pablo Escobar ecuatoriano”. La policía nacional y la de Colombia armaron un operativo para detenerlo en Ipiales, Colombia, en abril de 2017.
Ya capturado, fue llevado hasta Estados Unidos, en febrero de 2018, donde lo sentenciaron a una condena de 19 años y medio. Alias “Gerald” había aceptado el cometimiento del delito penal por tráfico de drogas, que fue el motivo de su sentencia.
Prado es oriundo de la provincia de Manabí. Inició en el narcotráfico pilotando las lanchas que llevaban droga hasta las costas de Centroamérica y México. Luego fue reclutado por la organización delictiva los Rastrojos, hasta que escaló en la organización y se convirtió en uno de los traficantes más poderosos.