A partir de las 22:00 ningún automotor podrá circular en la capital.
Punto Noticias.- En Quito, la capital ecuatoriana, está vigente la restricción vehicular “Hoy no circula” desde el 13 de febrero hasta el 31 de mayo, según la nueva resolución A014 del COE Municipal. Pero, en el feriado hay libre circulación dentro del perímetro urbano de la capital.
Esta nueva resolución obliga al tránsito mantener la restricción que será desde las 06:00 hasta las 22:00, en ese horario no podrá circular ningún automotor de uso particular.
Los vehículos exentos:
- Sectores estratégicos
- Transporte público y comercial
- Transporte por cuenta propia
- Traslados desde y hacia el aeropuerto
- Servidores de la Salud pública y privada (con credencial institucional, carnet o documento oficial que acredite su condición)
- Abastecimiento de medicinas e insumos médicos (Los documentos habilitantes serán RUC, RISE o Guía de remisión)
- Transporte de alimentos (Los documentos habilitantes serán RUC, RISE o Guía de remisión)
En los sectores de los valles de Tumbaco y Los Chillos no hay existen restricciones de placa, aun cuando el plan Hoy No Circula está vigente. Este plan aplica únicamente en la zona urbana, y las vías de interconexión con otros cantones tienen libre movilidad.
Para cumplir las medidas dispuestas por el COE Nacional, se debe aclarar que las vías con restricción son aquellas de competencia de la Policía Nacional. Fernando Narváez, director de tecnología de la Secretaría de Movilidad, señaló que para Quito incluye las vías como la Interoceánica, que “no hay restricción hasta el peaje de Oyacoto, a partir de ahí es competencia de la Agencia Nacional de Tránsito y aplica las medidas del COE Nacional”.
Límites de circulación vehicular en Quito, plan Hoy No Circula.
La medida del plan Hoy no circula, incluye motocicletas, que toma en cuenta el último dígito de la placa y rige de 06:00 a 22:00, de acuerdo con la última modificación emitida el 30 de marzo.
El documento también aclara que los salvoconductos emitidos entre el 31 de marzo y el 9 de abril, quedan suspendidos desde las 22:00 hasta las 06:00.
Por el aumento de casos de covid-19 el COE nacional formuló una nueva resolución para aplicar medidas restrictivas durante el feriado de Semana Santa. Una de ellas se aplicará en la circulación de vehículos livianos particulares que regirá de acuerdo con el último dígito de la placa.
La medida será aplicada del 1 al 4 de abril. Solo se restringe la circulación en los ejes viales nacionales, es decir carreteras. El jueves 1 de abril la restricción será a partir de las 12:00. Los días 2, 3 y 4 será durante las 24 horas del día.
Jueves 1 y sábado 3 de abril no circulan los vehículos cuyo último dígito de la placa sea impar: 1, 3, 5, 7 y 9.
Viernes 2 y domingo 4 de abril no circulan los vehículos cuyo último dígito de la placa sea par: 2, 4, 6, 8 y 0.
Fuente: El Universo