Según Francisco Jiménez, el gobierno no considera que la derrota en la Consulta Popular sea un rechazo. Dijo que no hay oportunidad para aplicar la muerte cruzada.
Anoche, 24 horas después de lo previsto, el presidente Guillermo Lasso se pronunció sobre la Consulta Popular y aceptó la derrota en las ocho preguntas. En ese marco, este 7 de febrero, Francisco Jiménez, ministro de Gobierno, opinó que no lo ven como un “rechazo” (al gobierno).
“Yo no lo tomo como un rechazo, aunque si fuera el caso, las cifras no están tan mal, porque si bien es cierto el no prevaleció en las preguntas con alrededor del 53% o 54%, no nos olvidemos que el sí llegó hasta el 49%», respondió en una entrevista en Ecuavisa.
También señaló que, «Ecuador es un país, en donde casi la mitad de las personas consideran que el gobierno debe ir por una vía y la otra mitad, por otra. No nos parece tan dramático el asunto”, indicó Jiménez.
Sobre el llamado a muerte cruzada que realizó el expresidente Rafel Correa, Jiménez indicó que, el gobierno del Ecuador no fue electo para dos años sino para cuatro. La Asamblea intentó apresurar estos mecanismos y no lo consiguió. La Constitución dice que hay una sola oportunidad para hacer eso, subrayó el Ministro de Gobierno.
Pero el mecanismo (muerte cruzada) sí podría ser aplicado. Así lo sostiene la abogada constitucionalista, Jimena Ron, debido a que en junio pasado, cuando se lo planteó en la Asamblea Nacional no se materializó.
El artículo 130 habla de las atribuciones que tiene la Asamblea Nacional y dice que, “podrá destituir a la Presidenta o Presidente de la República en los siguientes casos:
- Por arrogarse funciones que no le competan constitucionalmente, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional.
- Por grave crisis política y conmoción interna.
A criterio de la constitucionalista Ron, ninguno de los dos escenarios aplican actualmente ya que incluso en medio del paro nacional fue difícil justificar que exista una grave conmoción interna.
«Ahora hablando de si se puede o no, es una cuestión de interpretación. La Constitución establece que la destitución se ejecuta cuando sucede el acto y en meses pasados, por las movilizaciones, no se efectivizó. El espíritu de la Constitución es que no haya más de una destitución en el acto mismo y no por el número de veces que se convoca”, detalló la abogada.
Ron resalta que la última decisión la tendrá la Corte Constitucional, máximo organismo encargado de interpretar la Constitución.