El lunes 20 de marzo debe presentarse en Ecuador, pero el expresidente reside en Paraguay. Sus abogados querían cambiar esta medida.
Punto Noticias. Pasadas las 09:00, este viernes 17 de marzo de 2023, se instaló la audiencia, para analizar el pedido de habeas corpus a favor del expresidente Lenín Moreno. Buscaba que se modifique la medida de presentación periódica que pesa en su contra. El Tribunal negó el recurso, por lo que deberá acudir a la Corte Nacional de Justicia, el próximo lunes 20.
Según el análisis del Tribunal, Moreno y su esposa, Rocío González, no se mantienen privados de su libertad, tampoco sometidos a tratos degradantes ni crueles y sí se les ofrece condiciones mínimas para atender la condición de discapacidad de Moreno. Así que su defensa no logró justificar su pedido.
El 20 de marzo, Lenín Moreno y su esposa, Rocío González, deberán presentarse en Ecuador ante la Corte Nacional de Justicia (CNJ) para cumplir con la medida cautelar que dictó el juez Adrián Rojas, en la audiencia de formulación de cargos por supuesto cohecho, dentro del caso Sinohydro.
De no cumplir esta medida, se dictará orden de prisión preventiva inmediatamente. Moreno y su esposa residen en Paraguay. Por ello, presentaron un habeas corpus preventivo, según explicaron sus abogados, David Meza y María Dolores Miño, para que se modifique la presentación periódica en Ecuador y pueda acudir a la Embajada de Asunción, en Paraguay, debido a que reside y trabaja como comisionado de la OEA en ese país.
Meza dijo que no se puede ordenar la prisión preventiva contra una persona mayor a 65 años (Moreno cumplirá 70 este domingo) y cuestionó que el juez dictara una medida imposible de cumplir –la presentación periódica cada 15 días en Ecuador- por la discapacidad del 80% del expresidente, porque tendría que dejar su trabajo como comisionado de la OEA. “Esa presentación es de grado inhumano”, agregó.
Lo que buscan, dijo, es evitar una posterior prisión preventiva por el incumplimiento de la medida, que provocaría un daño a la dignidad humana, cuando sus defendidos, sí desean continuar colaborando con la justicia.
María Dolores Miño, por su parte, indicó que el objetivo es que no se vulnere la dignidad de su cliente y se precautele su salud. Además, subrayó que debe existir un trato diferenciado con las personas procesadas, cuando existe una doble vulnerabilidad.
Sin embargo, el juez Adrián Rojas señaló que la acción de habeas corpus tiene como objeto recuperar la libertad de quien se encuentra privado de libertad, de forma ilegal e ilegítima. Así como para proteger la vida e integridad física de personas privadas de libertad. Por lo que no cabe esta medida, debido a que nunca dictó una medida de prisión preventiva.
El juez explicó que se tomó en cuenta las vulnerabilidades de los 37 procesados. Por lo que se los dividió en tres grupos: vulnerables que radican en el exterior, vulnerables en Ecuador y personas sin ningún tipo de discapacidad. “En el paraguas de igualdad se estableció que la forma para que se cumpla este principio entre los sujetos es la presentación periódica”, agregó.
En su réplica, Meza dijo que esta medida puede afectar la vida de Moreno. “Si algo le pasa en el avión, ¿quién se hace responsable?”, cuestionó el abogado.
Los representantes de la Fiscalía y la Procuraduría argumentaron que no tiene sustento el pedido de habeas corpus en este caso y pidieron que se mantenga la medida dispuesta por el juez Rojas.