La reforma que plantea eliminar la prohibición de tener bases militares extranjeras será tramitada por la Asamblea en al menos dos debates. El segundo debate se realizará al menos noventa días después del primero.
Punto Noticias.- La propuesta de reforma parcial a la Constitución, para permitir la instalación de bases militares extranjeras, ya está en la Asamblea Nacional. El proyecto lo remitió el presidente Daniel Noboa, este jueves 17 de octubre de 2024.
En el documento, el jefe de Estado plantea la modificación parcial, con la pregunta:
¿Está usted de acuerdo con que se elimine la prohibición de establecer bases militares extranjeras o instalaciones extranjeras con propósitos militares, y de ceder bases militares nacionales a fuerzas armadas o de seguridad extranjeras, reformando parcialmente la Constitución de conformidad con el Anexo de la pregunta?
Actualmente, el artículo cinco de la Constitución de la República del Ecuador no permite el establecimiento de bases militares extranjeras ni de instalaciones extranjeras con propósitos militares. Además, prohíbe ceder bases militares nacionales a fuerzas armadas o de seguridad extranjeras.
En este sentido, el Ejecutivo de transición plantea sustituir el texto de este artículo, por lo siguiente:
«El Ecuador es un territorio de paz»
En este sentido, Daniel Noboa exhortó al Legislativo que tramite este proyecto de reforma parcial con responsabilidad y en sintonía con las necesidades de la ciudadanía.
El Gobierno envió este documento a la Asamblea luego de que la Corte Constitucional dictaminó que el Parlamento debe tramitar esta propuesta de reforma parcial a la Constitución.
🔴 #ATENCIÓN | El presidente Daniel Noboa envió a la Asamblea Nacional el proyecto de reforma parcial al artículo 5 de la Constitución de la República (CRE), para permitir el establecimiento de bases militares extranjeras en
territorio ecuatoriano. pic.twitter.com/NB97YIUPOl— Radio Pichincha (@radio_pichincha) October 17, 2024
La corte pidió que se aplique el artículo 442 de la Constitución que establece:
«La iniciativa de reforma constitucional será tramitada por la Asamblea Nacional en al menos dos debates. El segundo debate se realizará al menos noventa días después del primero. El proyecto de reforma se aprobará por la Asamblea Nacional. Una vez aprobado el proyecto de reforma constitucional se convocará a referéndum dentro de los cuarenta y cinco días siguientes».
Asimismo, el apartado precisa que para la aprobación del referéndum se requerirá al menos la mitad más uno de los votos válidos emitidos. Una vez aprobada la reforma en referéndum, y dentro de los siete días siguientes, el Consejo Nacional Electoral dispondrá su publicación.