Una vez que el Ejecutivo emitió el decreto de muerte cruzada, por grave crisis política y conmoción interna, abogados, políticos y más personajes públicos opinan.
El presidente Guillermo Lasso emitió el decreto 741, para disolver la Asamblea Nacional por grave crisis política y conmoción interna, de conformidad con el artículo 148 de la Constitución de la República del Ecuador. Radio Pichincha recogió puntos de vista al respecto.
El abogado y profesor universitario, Juan Pablo Albán, opinó: que el artículo 148 de la Constitución prevé tres supuestos, el primero sí requiere dictamen de constitucionalidad, que implica que el Legislativo se arrogue funciones que no le corresponden. Pero los otros dos no requieren dictamen de constitucionalidad: que se obstruya el Plan de Desarrollo o que se genere situación de grave crisis interna, que es lo que ha invocado el Presidente.
Sin embargo, el abogado Juan Pablo Albán apuntó que obviamente es posible un control constitucional expost y seguramente como es la política ecuatoriana ya algunos asambleístas estarán viajando a Jipijapa o Chunchi, a presentar medidas cautelares o acciones de protección. Pero -dice- la herramienta está prevista en la Constitución.
«Así se diseñó en el 2008, pensando en el régimen del momento y en la necesidad que hubiera podido tener el Presidente de entonces de disolver el Congreso. Entonces lo que ha hecho desde el punto de vista jurídico es válido», indicó.
¿Y desde el punto de vista social?
«Habrá que ver cómo reaccionan los ecuatorianos. Ninguna de las dos vías es adecuada ni el proceso de la Asamblea Nacional, que ha inobservando en ocasiones el dictamen de la Corte Constitucional, inobservando supuestos de procedimiento como la necesidad de contar con un informe, garantías elementales de debido proceso».
Pero tampoco es correcto, dijo Albán, que el Presidente se precipite y disuelva el Congreso. El abogado cree que tenemos tan poca vocación democrática que no se dimensionan consecuencias terribles que derivan de la disolución de un Presidente electo en las urnas y de la disolución de la Asamblea deriva. Si me pregunta si jurídicamente es válido, respondo que se sostiene. Pero en lo social y políticamente ya veremos.
Por su parte, Geovanni Atarihuana, dirigente de Unidad Popular, consideró que el decreto de muerte cruzada presentado por Lasso es una muestra de debilidad. «Es evidente que iba a ser destituido por corrupto en el juicio político»
El decreto carece de base constitucional, aseguró, pues en el artículo 148 no existe la causal de disolver la Asamblea porque el Presidente va a ser enjuiciado y destituido por corrupto. Vamos a activar inmediatamente ante la Corte Constitucional un pedido para que se haga el seguimiento y el control respectivo, y se eche abajo este decreto.
«Las intenciones del Presidente incapaz y corrupto de gobernar por seis meses, sin pesos y contrapesos de forma dictatorial no será soportado por el pueblo ecuatoriano, que va a resistir toda medida que afecte sus condiciones en calles y plazas. Debe irse a su casa ya», señaló Geovanni Atarihuana.
Por su parte, el médico Rodrigo Henríquez comentó en su cuenta de Twitter que: «El decreto de muerte cruzada revela que el Ejecutivo no tenía los votos necesarios para impedir la destitución en la Asamblea Nacional. Es la cereza del pastel de un proceso de debilitamiento progresivo de la representación social en la política del país».