En su sentencia, el Tribunal señala que las medidas cautelares son de carácter provisional, temporal y culminan cuando se haya verificado el cese de la amenaza o violación de los derechos.
Punto Noticias. Un Tribunal de Garantías Penales revocó las medidas cautelares a favor de la presidenta de la Asamblea Nacional, Guadalupe Llori, un vez que el asambleísta Fausto Jarrín dio cumplimiento a la resolución de abstenerse de solicitar el cambio del orden del día, en la sesión del Pleno Legislativo del pasado 5 de abril, para conformar una Comisión que la evalúe.
La resolución se conoció este miércoles 27 de abril de 2022, cerca de las 18h00. El Tribunal explica que las medidas cautelares son de carácter provisional, temporal y culminan cuando se haya verificado el cese de la amenaza o violación de los derechos reconocidos en la Constitución y en Instrumentos Internacionales sobre derechos humanos.
El dictamen señala que se verificó el cumplimiento de las medidas dispuestas, mediante oficio suscrito por Diana Dávila, delegada Provincial de Pichincha (e), de la Defensoría del Pueblo, quien con fecha 25 de Abril del 2022, ratificó que Jarrín se abstuvo de presentar el cambio del orden del día.
En la sesión de este martes 26 de abril de 2022, Guadalupe Llori intentó impedir la creación de una Comisión que la investigue, alegando la vigencia de las medidas cautelares. Incluso, presentó una denuncia en Fiscalía por incumplimiento de decisión de autoridad competente, en contra de los asambleístas que votaron a favor.
Llori inició una serie de acciones legales para evitar su destitución. Primero, solicitó las medidas cautelares un día antes de que se conforme la Comisión, luego denunció a Virgilio Saquicela, Ronny Aleaga y Darwin Pereira, integrantes del Consejo de la Administración Legislativa (CAL), por arrogación de función cuando sesionaron para calificar la denuncia contra Llori. Posteriormente, solicitó una acción de protección cuando ya calificaron la denuncia por incumplimiento de funciones.