El TCE resolvió que Pabel Muñoz cometió infracción electoral, pero eso no implica incumplir el plan de trabajo, agregó el abogado.
El constitucionalista André Benavides señaló que un proceso de revocatoria de mandato, en contra de autoridades electas por votación popular, se puede dar solo por incumplimiento de plan de trabajo.
Esta aclaración la hizo, el constitucionalista, a propósito de la solicitud que presentó Néstor Marroquín, a la Delegación Electoral de Pichincha, para que le entreguen formularios para recolectar firmas y revocar el mandato del alcalde de Quito, Pabel Muñoz.
Si bien André Benavides indicó que la revocatoria de mandato es un mecanismo de democracia, también subrayó que no se podría impulsar por la sanción emitida por el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) por supuestamente hacer campaña a favor de Luisa González en las elecciones anticipadas de agosto y octubre del 2023.
“El TCE resolvió que Pabel Muñoz cometió infracción electoral, pero eso no implica incumplir el plan de trabajo”, agregó.
Respecto a los controles de velocidad que está impulsando la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT), el constitucionalista aclaró que tampoco es causal para impulsar una revocatoria de mandato, porque el Municipio de Quito solo está haciendo cumplir el artículo 386 del Código Integral Penal (COIP) expedido por la Asamblea Nacional.
“Incluso yo como proponente de demanda de inconstitucionalidad sobre las sanciones por velocidad, sé que no es causal para una revocatoria de mandato”, puntualizó.
Demanda de inconstitucionalidad a sanciones por exceso de velocidad
André Benavides destacó que las sanciones establecidas en el COIP por exceso de velocidad son desproporcionadas porque además afecta la libertad de tránsito de los ecuatorianos.
Y es que la norma establece no solo una multa económica de un salario básico unificado, sino también 3 días de cárcel y 10 puntos menos en la licencia, esto si es que va a 61km o 150km por hora. Es decir, no se toma en cuenta la gravedad.