En marzo de este año, la Corte Constitucional falló a su favor e instó a que se le pida disculpas, ante la vulneración de derechos constitucionales.
Punto Noticias.- En cumplimiento a la resolución de la Corte Constitucional (CC), el Servicio Nacional de Atención Integral a Personas Adultas Privadas de la Libertad y a Adolescentes Infractores (SNAI) reconoció la práctica discriminatoria cometida en contra de la abogada Tania Valentina Vásquez Abad y le ofreció disculpas públicas.
La entidad asumió su responsabilidad respecto a las vulneraciones cometidas a los derechos constitucionales de la abogada al impedirle el ingreso al Centro de Rehabilitación Social Sierra Centro Sur Turi – Cuenca, con base en estereotipos de género sobre su forma de vestir, ya que llevaba puesto un vestido corto.
Con este antecedente, el SNAI se comprometió a respetar la expresión de género de las personas que buscan acceder a los centros de privación de libertad del país.
🔴 #Atención l Ante sentencia emitida por la @CorteConstEcu, el @SNAI_Ec cumple con resolución y ofrece disculpas públicas a la abogada Tania Valentina Vásquez Abad. pic.twitter.com/2lG7TQDRJa
— Radio Pichincha (@radio_pichincha) August 12, 2021
La disculpa pública es parte de la sentencia No.751-15-EP/21 que emitió la Corte Constitucional ante un hecho que se registró el 2 de febrero de 2015.
En el documento se recogieron los detalles del caso presentado por “vulneración de derechos constitucionales”.
El fallo se dio el 17 de marzo de este año, pero se hizo público el 5 de abril. En él, los jueces constitucionales aceptaron la acción extraordinaria de protección presentada por la abogada en 2015, tras ser impedida de pasar al centro de rehabilitación y conversar con una cliente antes de la audiencia de juzgamiento.
La resolución de los magistrados dejó sin efecto una sentencia previa, del 10 de abril de 2015, dictada por la Sala de la Familia, Mujer, Niñez, Adolescencia y Adolescentes Infractores de la Corte Provincial de Justicia del Azuay, dentro de la acción de protección No. 961-2015 (actual No. 01333-2015-0961), seguida en contra del Director del Centro de Rehabilitación Social Sierra Sur Turi – Cuenca y del Delegado Regional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos y Cultos. En esa época, la Sala desechó el recurso legal presentado por Vásquez.
La Corte Constitucional también aceptó parcialmente la acción de protección planteada por la jurista y declaró la “vulneración de los derechos a la igualdad y no discriminación, al libre desarrollo de la personalidad, a acceder a servicios públicos de calidad y a presentar quejas y recibir respuestas motivadas”.
Fuente: SNAI, CC, redes sociales