Una mujer enfrenta una acusación penal y podrían ser sancionada con hasta tres años de prisión.
Punto Noticias: La Fiscalía señala que ella entregó pastillas abortivas a su hija, una adolescente de 16 años. Ambas son oriundas de la comunidad de Tanisagua, en el cantón Chimbo (Bolívar).
La Policía aprendió a la mujer luego de recibir una denuncia desde el hospital Alfredo Noboa de Guaranda. Ella había llevado hasta esa casa de salud a su hija cuando presentó una hemorragia, la madrugada del 16 de abril del 2020.
El juez a cargo del caso dictó, el viernes 17 de abril del 2020, medidas alternativas a la prisión preventiva en contra de la ahora procesada.
No podrá salir del país y tendrá que presentarse periódicamente ante una autoridad judicial.
En la audiencia de calificación de flagrancia y formulación de cargos, el Fiscal de turno presentó, como elementos de convicción, el certificado médico-legal de la adolescente, el certificado de ingreso a la casa de salud, entre otras pericias, con las que se dio paso al inicio del proceso penal en su contra.
El delito de aborto consentido está tipificado en el artículo 149 del Código Penal (COIP) y señala que “la persona que haga abortar a una mujer que ha consentido en ello, será sancionada con pena privativa de libertad de uno a tres años”. (C.D.A.)
FUENTE: El Comercio