Los ciudadanos que se escaparon recibieron una condena de 34 años por el asesinato de un policía.
Punto Noticias.- Los guías penitenciarios Miguel G., Eddy D. y Lesly Q. fueron sentenciados a seis años y ocho meses de cárcel por el delito de evasión, al permitir la fuga de dos personas privadas de libertad (PPL) del Centro de Rehabilitación Social de Jipijapa.
Guías penitenciarios permitieron la fuga de PPL
Los tres agentes de seguridad penitenciaria permitieron que los privados de la libertad, que fueron sentenciados por el asesinato de un sargento de Policía, registrado en marzo de 2019, huyeran.
La Fiscal de la causa relató que el hecho investigado ocurrió el 27 de marzo de 2024, un día después de que los dos privados de la libertad, ahora fugados, recibieron una sentencia de 34 años de cárcel.
Según las versiones obtenidas, los ya condenados habrían abierto las celdas de los dos privados de la libertad, porque -supuestamente- estos tenían dolencias que debían ser atendidas en el policlínico de la cárcel, lo cual no ocurrió.
Trascendió que los privados de la libertad salieron por la puerta principal, ya que no existían seguridades vulneradas dentro del centro penitenciario.
COIP sanciona la evasión
El delito de evasión o fuga se encuentra tipificado en el artículo 274 del Código Orgánico Integral Penal (COIP), que sanciona con pena privativa de libertad de tres a cinco años cuando el responsable del hecho es servidora o un servidor público. En este caso, se consideraron agravantes.