Gabriel Manzur y Silvana V. deberán cumplir con sus condenas de cinco años y 30 meses de cárcel, respectivamente.
Punto Noticias.- A pedido de la Fiscalía, el Tribunal de la Corte Nacional de Justicia negó la suspensión condicional de la pena solicitada por el expresidente de la Corte Provincial de Justicia del Guayas, Gabriel Manzur. Junto a Silvana V. fue condenado por enriquecimiento ilícito.
La semana pasada, el mismo Tribunal condenó a Gabriel Manzur a cinco años de pena privativa de libertad en calidad de autor del delito de enriquecimiento ilícito. Mientras que a Silvana V. le impuso la pena de 30 meses de prisión, como cómplice.
En esta ocasión, los jueces consideraron que el delito por el cual fueron declarados culpables Manzur y Silvana V. tiene connotaciones de corrupción e imprescriptibilidad. Eso muestra la gravedad de las acciones por las que fueron juzgados.
Con ese criterio, los jueces determinaron que los argumentos de las defensas técnicas de los dos sentenciados no justifican lo previsto en el numeral 3 del artículo 630 del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Por lo que rechazaron la pretensión de que Manzur y Silvana V. se acojan a ese beneficio y reiteraron que deberán cumplir con las sentencias impuestas.
Así, para el Tribunal, las irregularidades se dieron por el incremento patrimonial injustificado de las dos personas por un monto de USD 682 340,62.
Según la Fiscalía, Manzur con la ayuda de Silvana V. precanceló deudas hipotecarias de bienes inmuebles, extinguió obligaciones financieras y adquirió vehículos. Lo hizo por medio de transferencias, cheques y supuestas donaciones sin sustento legal y sin ninguna lógica financiera.
La Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE) detectó el delito que se habría configurado entre 2010 y 2019.