El acuerdo ministerial, emitido hoy por el Ministerio de Interior, favorece a los venezolanos residentes en Ecuador con un registro de permanencia caducado.
Hoy (5 de diciembre de 2024) se publicó en el Registro Oficial, el acuerdo ministerial para el procedimiento extraordinario de amnistía y registro de permanencia migratoria de los venezolanos en el País.
Esto en concordancia al Decreto Ejecutivo 370 del 27 de agosto de 2024. El beneficio, como consta en el artículo 1, es para las personas extranjeras con “amnistía migratoria”, ya que podrán renovar su Certificado de Registro de Permanencia Migratoria caducado.
Se incluye al cónyuge o conviviente en unión de hecho, a los hijos menores de edad o a personas con discapacidad de cualquier edad.
Entre los requisitos se encuentran:
-Cédula y/o pasaporte de hasta cinco (5) años después de la fecha de su vencimiento o la de su prórroga.
-Certificado de registro de permanencia migratoria caducado.
-Acceder a la plataforma habilitada por el Ministerio del Interior .
-Completar toda la información solicitada en el formulario de Registro Migratorio de Renovación para personas extranjeras en situación de movilidad humana.
-Acercarse al punto de registro de permanencia asignado en el respectivo turno generado y declaración de información debidamente suscrita, para la validación y registro biométrico.
-Los niños, niñas y adolescentes de nacionalidad venezolana solos.
Decreto 370
El pasado agosto, el presidente Daniel Noboa emitió a través del decreto 370 un proceso de amnistía migratoria.
Este proceso, como estaba planificado, tendría una duración de ocho meses.
El objetivo es regularizar la permanencia de venezolanos en territorio nacional. La medida surgió como respuesta a la situación de vulnerabilidad de la comunidad venezolana en el país.