Los interesados deben llenar primero un formulario.
Punto Noticias. Las parejas que tienen hijos menores de edad y que desean divorciarse por mutuo consentimiento ya lo pueden hacer. Primero deben llenar un formulario que se encuentra en la página web del Consejo de la Judicatura y luego deberán acudir a una Notaría. https://bit.ly/2pU7ohz
Esta acción obedece a la vigencia de la Ley Orgánica Reformatoria del Código Orgánico General de Procesos que fue publicada el martes 26 de junio, en el Suplemento del Registro Oficial número 517.
Con esta reforma, los notarios suman una nueva atribución, pues si antes ya se encargaban de tramitar los divorcios por mutuo consentimiento, pero sin hijos de por medio, ahora ya podrán despachar los casos cuando exista la presencia de menores de edad.
Según la tercera disposición reformatoria, se reemplaza el número 22 del artículo 18 de la Ley Notarial por el siguiente texto:
“Tramitar el divorcio por mutuo consentimiento y terminación de la unión de hecho, únicamente en los casos en que no existan hijos menores de edad o bajo su dependencia según lo previsto en la Ley, y de haber hijos dependientes, cuando su situación en relación a tenencia, visitas y alimentos se encuentre resuelta con acta de mediación o resolución judicial dictada por Juez competente”.
Los interesados deberán detallar en el formulario información personal, datos de la partida de matrimonio y las firmas de las partes con las que se ratifica su decisión mutua de proseguir con el trámite.
Fuente: El Comercio, Extra.