Los juristas consideran que no se pueden tratar las omisiones que puedan tener el Consejo de la Judicatura y la Contraloría con una reforma constitucional.
Punto Noticias.- Como un relleno ven los abogados en libre ejercicio a las 11 preguntas de la Consulta Popular del Gobierno de Daniel Noboa que fueron remitidas ayer a la Corte Constitucional para su análisis, en especial, la pregunta 8 relacionada con la Función Judicial.
La pregunta 8 dice:
¿Está usted de acuerdo con que se evalúe a las servidoras y los servidores de la Función Judicial, incluyendo una auditoría a sus declaraciones patrimoniales conforme el Anexo de la pregunta 8?
Para el constitucionalista André Benavides no tiene cabida esta interrogante porque la Contraloría es el ente encargado de revisar las declaraciones patrimoniales de los servidores públicos y el Consejo de la Judicatura de evaluar a los funcionarios judiciales.
Benavides dijo que todos vamos a estar de acuerdo con lo que expresa la pregunta 8, a pesar de que el Consejo de la Judicatura y la Contraloría ya tienen esas funciones y les corresponde actuar.
Consideró que la pregunta está incompleta y que para él la hubiese añadido la intervención de la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE).
Paúl Ocaña, presidente del Colegio de Abogados de Pichincha, añadió que esta pregunta, al igual que otras como la referente al uso progresivo de la fuerza están de relleno.
Señaló que todos los funcionarios judiciales para ingresar a su cargo tienen que hacer la declaración patrimonial y es obligación de la Contraloría supervisar anualmente.
El presidente del gremio de abogados de Pichincha expuso que, si la Contraloría no cumple con esa revisión, le corresponde a la Judicatura pedir que lo haga. Sobre todo, para determinar si algún funcionario incrementó su patrimonio de una manera injustificada, ya que ese acto podría recaer en un enriquecimiento ilícito.
De igual manera, manifestó que si el Consejo de la Judicatura, está en su mayoría conformado por suplentes, su trabajo no debe parar y se debe cumplir con la evaluación este año de jueces y la designación de notarios.
Aclaró que la Consulta Popular no debe ser para corregir los yerros de las instituciones y mucho menos para suplir el trabajo de unos con otros.
Es por eso que el criterio de que la UAFE intervenga de manera directa no lo ve adecuado, debido a que existe un camino para llegar hasta ese ente de la Fiscalía.
Puntualizó que a la Contraloría -de ser el caso- le corresponde establecer responsabilidades penales y de ahí viene la intervención de la UAFE.
A su vez, el abogado Hugo Espín, dijo que esta pregunta redunda en lo que ya existe y que lo único que se hace es perder la oportunidad democrática de una Consulta Popular.
Puntualizó que si hay omisiones por parte de los organismos de control estas no son materia de una reforma constitucional y que lo que se refleja es una falta de innovación.
Recordó que hasta los jueces Anticorrupción pasaron por una evaluación rigurosa en la que colaboró la Policía Nacional con la implementación de un polígrafo.