Un ejemplo de lo que ocurrirá de aquí en adelante, se podrá evidenciar con el proyecto de reforma que busca reducir la edad mínima para ser embajador y que está en manos del Ejecutivo para su veto.
Con 94 votos a favor, el Pleno de la Asamblea Nacional enmendó el artículo 138 de la Constitución, relacionado al número de votos requeridos para la ratificación de los proyectos de ley aprobados por el Pleno Legislativo y que son vetados -de forma parcial- por el Ejecutivo.
El texto original de la Constitución señalaba que, para evitar el veto y mantenerse en el proyecto de ley que sale de la Asamblea Nacional, se requería de las dos terceras partes de los legisladores, es decir, 92 votos, caso contrario la objeción parcial del Ejecutivo se imponía.
Con la actual enmienda, la Asamblea solo requerirá de 70 votos para insistir en los textos que el Ejecutivo los modifica parcialmente.
Voces positivas
El asambleísta de la Revolución Ciudadana, Leonardo Berrezueta, enfatizó que esta decisión permite un equilibrio entre el Ejecutivo y el Legislativo, pues consideró que los últimos gobiernos han abusado de los vetos.
“La Asamblea ha dado muestras de aprobar leyes muy importantes y con el veto, el presidente de la República, no ha permitido que esto pase”, agregó.
Efectivamente el asambleísta del Partido Social Cristiano (PSC), Otto Vera, recordó que, cuando el Pleno no conseguía votos para allanarse o ratificarse, la ley pasaba de acuerdo al interés del Ejecutivo.
“Había hiperpresidencialismo en ese procedimiento parlamentario”, puntualizó.
El legislador Jorge Peñafiel de Construye, en cambio, consideró que sí era necesario mantener los 92 votos, porque no se puede hablar de un equilibrio de poderes, sino hay una reforma política para mejorar la calidad de asambleístas y la calidad del trabajo legislativo.
Un cambio en las reglas del juego
Un ejemplo de lo que ocurrirá en adelante se podrá evidenciar con el proyecto de reforma a la Ley Orgánica de Servicio Exterior que busca reducir la edad mínima para ser embajador o cónsul de Ecuador de 35 a 30 años.
Y es que, el pasado 16 de mayo, el Pleno de la Asamblea Nacional negó la propuesta del Gobierno con la cual se buscaba que Soledad Peña Plaza, hija de Eduardo Peña, presidente del Consejo Directivo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), se nombrada jefa de Misión de Ecuador en Washington- Estados Unidos.
Sin embargo, algunos asambleístas auguraron que muy seguramente el proyecto de ley sí pasaría con el veto del Ejecutivo, porque no contaban con los 92 votos que se requerían para ratificarse en la negativa.
Con la enmienda constitucional aprobada este jueves 30 de mayo de 2024, el panorama cambia, pues la Asamblea Nacional sí cuenta con los 70 votos y efectivamente el Gobierno ya no podría cambiar la edad para elegir un embajador.
Antecedentes
El 06 de agosto de 2020, el entonces presidente de la Asamblea Nacional, César Litardo, remitió a la Corte Constitucional el proyecto de enmienda al artículo 138 de la Constitución, relativo al número de votos requeridos para la ratificación de los proyectos de ley inicialmente aprobados en la Asamblea Nacional cuando existe objeción parcial del Ejecutivo.
El 14 de octubre del mismo año, la Corte Constitucional, aprobó que la propuesta de enmienda sea tramitada por la Asamblea Nacional.
Es así que, casi cuatro años después, el Pleno transitorio, lo analizó y le dio paso.