Una vez que concluya el estado de excepción, el presidente Noboa debe remitir a la CC el informe respectivo.
Punto Noticias.- La Corte Constitucional (CC) emitió dictamen parcialmente favorable sobre la declaratoria de estado de excepción, por la emergencia en el sector eléctrico. Este dictamen se resolvió en la sesión ordinaria del 2 de mayo de 2024.
En las resoluciones se dictaminó favorablemente sobre la constitucionalidad de la declaratoria de estado de excepción, por la causal de grave conmoción interna, contenida en el decreto ejecutivo 229, y su reformatoria realizada mediante decreto ejecutivo 230.
Pero se dictaminó la inconstitucionalidad de la medida de movilización e intervención de la Policía Nacional y Fuerzas Armadas. “Sin perjuicio de la posibilidad que tiene el presidente de ordenar la movilización e intervención de las Fuerzas Armas en el marco del régimen jurídico ordinario”.
Ante ello, se dispuso que el presidente de la República, Daniel Noboa, una vez que concluya el estado de excepción, remita a la Corte Constitucional el informe respectivo, conforme lo establecido en el artículo 166 de la Constitución.
Además, la Corte Constitucional “llamó la atención” al presidente por no aportar información suficiente destinada a justificar la declaratoria del estado de excepción. Y por la falta de justificación del ámbito territorial y de la temporalidad de la declaratoria de estado de excepción.
🔴 #Atención || La @CorteConstEcu emitió dictamen parcialmente favorable, sobre la declaratoria de estado de excepción por la emergencia en el sector eléctrico. pic.twitter.com/Ygt8KXaaDL
— Radio Pichincha (@radio_pichincha) May 2, 2024