Según la AMT, el conductor que al parecer causó el siniestro, por el que murió su hijo, tenía 0.13 gramos y el máximo que podía registrar es 0.1 gramos por litro de alcohol.
La escena fue muy dolorosa en la Simón Bolívar: junto a los restos de una furgoneta de transporte escolar, que perdió buena parte de la carrocería, se observaba a la víctima mortal, un niño. Era el hijo del conductor del vehículo que hacía recorridos para la Empresa Eléctrica Quito, que en el alcotest o prueba de grado de alcohol en la sangre dio 0,13.
Para los conductores de vehículos de transporte público liviano o pesado, comercial (como en el caso del transporte escolar) o de carga, la tolerancia máxima al consumo de cualquier sustancia estupefaciente, psicotrópica o preparado que las contengan es cero.
Además, un nivel máximo de grado de alcohol de 0.1 gramos por cada litro de sangre. Este conductor, de la Simón Bolívar, registró 0.13 gramos, confirmó la Agencia Metropolitana de Tránsito (AMT) a Radio Pichincha.
En caso de exceder dicho límite, la sanción para el responsable será la pérdida de 30 puntos en su licencia de conducir y una pena privativa de libertad de 90 días, según el Código Orgánico Integral Penal (COIP).
La mañana de este jueves 22 de febrero del 2024, un nuevo siniestro de tránsito se registró en la avenida Simón Bolívar, en El Troje, en Quito. Un tráiler, un taxi y una furgoneta escolar estuvieron implicados en el siniestro. La furgoneta hacía un recorrido del personal de la Empresa Eléctrica Quito. El niño, hijo del conductor, falleció. Se conoce que el tráiler estaba parqueado, según testigos citados por Teleamazonas,
Consultado por Radio Pichincha, Wilson Merino, concejal de Quito, recordó que las principales causas de siniestros viales son exceso de velocidad, falta de uso de cinturón, manejo en estado etílico y ausencia de cascos en las motos.
Para Wilson Merino de poco sirve revisar los documentos. Pide fiscalizar la Revisión Técnica Vehicular, así como la resolución en la que se declara la seguridad vial como prioridad; impulsar una resolución que pida que todos los centros de revisión del país tengan estándares mínimos.
Pero la mayor cantidad de acciones, considera, pasan por la aprobación de la Ordenanza de Seguridad Vial, dice Wilson Merino, quien la presentó, con el soporte de la Coordinación Coalición
Movilidad Segura.
La Ordenanza de Seguridad Vial señala que:
- Según la ANT, en 2022, el 74,2% de los siniestros de tránsito registrados en el
Distrito Metropolitano de Quito se produjeron en vías ubicadas dentro del límite urbano. - Con datos del INEC del 2022, el exceso de velocidad se mantiene como la causa principal de siniestros,
con el 29,3%, un incremento de 4,4 puntos porcentuales con respecto al 2021 (24,7%). - Las tres causas principales que siguen fueron: no respetar las señales de tránsito, con un 18,2%; la impericia o imprudencia del conductor, que alcanzó el 17,3%; y, finalmente, el estar bajo los efectos del alcohol o drogas, con un 12,6%.
Con entusiasmo y compromiso, recibo la propuesta de ordenanza de #SeguridadVial.
Una iniciativa ciudadana que respaldo, la misma que requiere un tratamiento urgente para elevarla al código municipal y construir, en unidad, una cultura de seguridad vial para todos los quiteños. pic.twitter.com/FR8DSxE3re
— Wilson Merino Rivadeneira (@WilsonMerinoR) December 1, 2023
Datos sobre siniestros y más en la Simón Bolívar en este 2024
- 37 siniestros.
- 21 lesionados.
- 7 fallecidos.
Sobre alcohol en la sangre y conducción, esto dice el COIP
- Desde 0.3 gramos de alcohol en la sangre ya se considera estado de embriaguez al conducir un vehículo, según el artículo 385 del Código Orgánico Integral Penal (COIP).
- De 0.3 gramos a 0.8 gramos la multa es de un Salario Básico Unificado y cinco días de prisión; así como cinco puntos menos en la licencia.
- Además, de 0.8 a 1.2 grados de alcohol, la multa es de dos SBU y 15 días de prisión, más 10 puntos menos en la licencia.
- Desde 1.2 gramos de alcohol, tres SBU y 30 días de prisión.
¿Qué tan efectivo es el alcotest?: Juan Pablo Rosales
Juan Pablo Rosales, de la Asociación de Peatones de Quito, comentó que el alcotest no va con normas internacionales, por ser «demasiado permisivo». Ahora, apuntó, el límite señalado por la OMS es 0,05 gramos para conductores de vehículos privados y 0,01, para comerciales.
Además, Juan Pablo Rosales comentó que una medida importante para el control es marcar la salida de vehículos de transporte de la cooperativa, con un alcotest en cada viaje, que conductores empiecen. Además operativos de control. Le parece esencial implementar operativos preventivos, para que la ciudadanía conozca que se controla el consumo de alcohol de forma aleatoria.
Con la Coalición Movilidad Segura, indicó Rosales, empujan un nuevo Reglamento a la Ley de Tránsito. Exigen que se modifiquen las tablas de alcoholemia; también en el COIP, para adoptar la tabla de la OMS. En ella se incluye el límite 0.02, para conductores jóvenes y novatos, que tienen más siniestros. Dice que las sanciones no deben ser progresivas.