La Procuraduría recordó los alcances en las funciones del Consejo de Participación Ciudadana, después de una consulta realizada por César Córdova, Defensor del Pueblo encargado
El Procurador General del Estado, Juan Carlos Larrea, respondió la consulta que realizó el representante encargado de la Defensoría del Pueblo, Cesar Córdova, quien cuestionó los alcances del CPCCS para cesarlo o removerlo de sus actividades, sin que se haya definido un Defensor/a titular.
La Procuraduría General del Estado determinó que el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) no tiene atribución para cesar a las autoridades de control del Estado, aunque se encuentren en funciones de encargo; las autoridades serían reemplazadas solo al cumplirse los respectivos concursos públicos.
“El CPCCS no tiene competencia constitucional ni habilitación legal directa ni específicamente asignada para dejar sin efecto los actos de designación. El CPCCS tiene únicamente competencia para designar autoridades”, señala el texto.
Varios organismos públicos continúan con autoridades encargados o subrogantes pese a las múltiples críticas y disposiciones publicas de organismos del Estado para que el CPCCS concrete las designaciones.