Si bien hay reparaciones en materia de derechos humanos, también en temas penales y constitucionales. En el primer caso, la Subsecretaría de Derechos Humanos está a cargo de coordinar el pago a las víctimas.
Punto Noticias.- La Subsecretaría de Derechos Humanos del Ministerio de la Mujer y Derechos Humanos, a través de la Dirección de Protección y Reparación Integral, se encarga de coordinar el cumplimiento de las reparaciones integrales a las víctimas de violaciones en este campo.
Desde el 2020 hasta el 21 de junio de 2023, en 12 casos se ha alcanzado una reparación del Estado ecuatoriano, que ha desembolsado USD 2 755 141,2 entre las 48 víctimas beneficiarias.
Como ente rector, el Ministerio de la Mujer y Derechos Humanos aclaró que existen dos medidas de reparación integral: las de satisfacción y las de compensación económica. En el caso de las últimas, la Subsecretaría coordina con el Ministerio de Economía y Finanzas el pago o indemnización para que se cumpla con lo establecido de acuerdo con las disposiciones del Sistema Interamericano de Derechos Humanos.
Lo hace en concordancia con el Decreto Ejecutivo Nro. 216, del 1 de octubre de 2021, que le otorgó a la ahora Subsecretaría la competencia para coordinar el cumplimiento de dichas obligaciones nacionales e internacionales en materia de derechos humanos como: sentencias, medidas cautelares, medidas provisionales, acuerdos amistosos, recomendaciones, resoluciones e informes de fondo originados en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos y en el Sistema Universal de Derechos Humanos.
Estos casos tienen relación con vulneraciones a los derechos a la vida, a través de ejecuciones extrajudiciales o desapariciones forzosas. También tienen que ver con la integridad física en casos de tortura o tratos crueles, inhumanos y degradantes.
A estos casos se suman los referentes a la vulneración al derecho a la libertad de expresión, al debido proceso y a las garantías jurisdiccionales.
Por otra parte, las medidas de satisfacción implican coordinaciones interinstitucionales para cumplir disposiciones vinculadas, por ejemplo, a la realización de disculpas públicas, diseño e implementación de procesos de capacitación, puesta a disposición a las víctimas de tratamientos médicos o psicológicos, publicación de sentencias, entre otros.
Para la Subsecretaría de Derechos Humanos, todos los casos implican procesos de coordinación.
La exsecretaria de Derechos Humanos, Bernarda Ordóñez, manifestó que entre los principales actores que intervienen en estos procesos se encuentran: la Procuraduría General del Estado y la Defensoría del Pueblo.
Esas entidades, por ejemplo, han analizado los Casos de la Comisión de la Verdad, la entidad del Estado que fue declarada por el organismo internacional competente (Corte IDH u otros) como responsable de la vulneración de derechos; y, las víctimas o sus representantes.
El exdefensor del Pueblo, Ramiro Rivadeneira, explicó que con la Ley para la Reparación de las Víctimas y la Judicialización de Graves Violaciones de Derechos Humanos y Delitos de Lesa Humanidad, ocurridos en el Ecuador entre el 4 de octubre de 1983 y el 31 de diciembre de 2008, la Defensoría asumió la promoción de la reparación, aunque no todos los casos son iguales.
Rivadeneira señaló que una reparación integral implica la sanción a los responsables y que de eso en cambio se encarga la Fiscalía a través de los procesos.
La Procuraduría, por su parte, recordó que a través del Decreto Ejecutivo No. 560 del 14 de noviembre de 2018, la entonces Secretaría de Derechos Humanos ya tenía la competencia para coordinar el cumplimiento de la reparación integral.
Rivadeneira añadió que cuando el Estado comete el daño, hay varias formas para solicitar la indemnización. Puede ser por vía administrativa, penal o por Cortes Internacionales de Derechos Humanos. Sin embargo precisó que la Subsecretaría de Derechos Humanos tiene competencia para efectivizar las indemnizaciones que vienen de la Corte.
Comentó que antes del 2018, la entidad que se encargaba de esos trámites era el Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos. Años antes, en cambio, el trámite tenía que ir a la Corte Nacional de Justicia (CNJ).
¿Qué pasa cuando los casos son de carácter penal?
Cuando se solicita una reparación o indemnización por la vía penal se produciría -en algunos casos- lo que se conoce como repetición.
Si bien el Estado podría ser responsable y está obligado a una indemnización a la par hay un sujeto (una persona) que también tiene responsabilidad por la vulneración de derechos. Es ahí en donde se da la repetición. En esos casos es la Procuraduría General del Estado, la entidad que debe actuar en coordinación con la Subsecretaría de Derechos Humanos y la Defensoría del Pueblo.
Pero hay otros casos, cuyos delitos penales son cometidos por personas que, posteriormente, son sancionadas. Ante esa responsabilidad una judicatura establece una indemnización o reparación. Entonces ya no interviene la Procuraduría porque es de carácter individual.
¿Qué pasa con las violaciones constitucionales?
La Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional aplica un procedimiento para las violaciones constitucionales. Por ejemplo, cuando se interpone una acción de protección y es aceptada, a veces se dispone una reparación económica. Sin embargo, ese trámite no se produce a nivel de Estado, sino es individual.
El rol de la Comisión de la Verdad
Según Ramiro Rivadeneira, la Comisión de la Verdad efectuó informes sobre 459 víctimas de Derechos Humanos entre 1983 y el 2008.
En esos casos se sugirió que exista una ley reparatoria y fue ahí cuando se dio paso a la Ley para la Reparación de las Víctimas y la Judicialización de Graves Violaciones de Derechos Humanos y Delitos de Lesa Humanidad. Así creció la idea de la reparación.
Recordó que desde el 2015 hasta el 2022, la Defensoría del Pueblo envió al Ministerio de Justicia, ahora de la Mujer, 316 casos. Hasta el 2015 se trataron 61 casos, en 2016, 144; en 2017, 68; para luego reducir el número.
Comentó que de esos 316 casos se alcanzaron las indemnizaciones correspondientes a 145 casos, lo que significaría alrededor de un 50%. El resto aún está pendiente de una indemnización o reparación.