Argentina busca que Ecuador otorgue un salvoconducto que le permita a la exfuncionaria pueda dejar la Embajada.
El Gobierno de Argentina presentó ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) un pedido de medidas cautelares en favor de la exministra de Transporte, María de los Ángeles Duarte Pesantes, para que se le otorgue un salvoconducto que le permita salir de la Embajada de Argentina en Quito.
Duarte permanece en la sede diplomática como “huésped por razones humanitarias», junto con su hijo argentino -menor de edad-, desde el 12 de agosto de 2020. A inicios de este mes, Argentina confirmó el asilo diplomático a Duarte, pero el Presidente Lasso rechazó la petición.
Ante esto, el Canciller de Argentina, Santiago Cafiero, pidió la intervención de la CIDH para que se otorgue este salvoconducto. Cafiero explicó que la Cancillería mantuvo conversaciones bilaterales con representantes del Gobierno de Ecuador desde 2020, sin embargo «no han resultado conducentes para encontrar una solución del problema planteado», según indicaron fuentes oficiales al medio Página 12.
Además, el Canciller explicó que sobre Ecuador también recae “una serie de obligaciones de derecho internacional, entre las cuales se encuentra la obligación de no devolución», debido a que Duarte se encuentra bajo la jurisdicción de la República Argentina, al estar en sede diplomática.
“La Argentina espera que la CIDH adopte las medidas cautelares solicitadas, exigiendo a la República del Ecuador dar cumplimiento a su obligación de otorgar un salvoconducto para permitir la salida del país de Duarte Pesantes y su hijo, de conformidad con las obligaciones consagradas en la Convención de Asilo Diplomático de 1954, y el deber de cooperación entre Estados en la promoción y observancia de los derechos humanos», indicaron desde la Cancillería”, subrayó el Gobierno argentino.
De la misma manera, desde Argentina recalcaron que Ecuador hizo referencia a la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción y la Convención Interamericana contra la Corrupción, pero que estos instrumentos no resultan susceptibles a ser invocados, por cuanto norman medidas de cooperación jurídica internacional.
“Carecen por completo de relación material y procesal con el instituto del asilo aquí en cuestión».