Por medio de un decreto, el Gobierno detalla que la planificación militar estará a cargo del Ministerio de Defensa, a través del Comando Conjunto de las FFAA.
En cumplimiento de la primera pregunta de la consulta popular, el presidente de la República, Daniel Noboa, emitió el decreto 278, el jueves 23 de mayo de 2024, a fin de que las Fuerzas Armadas (FF.AA.) inicien con el control de armas en las vías que son de ingreso a los centros de rehabilitación del país.
En su artículo 1, el Ejecutivo dispone a las FF.AA. realizar un control permanente de armas, municiones, explosivos y accesorios, sin perjuicio de sus demás competencias, atribuciones, facultades o actividades otorgadas o delegadas.
El Gobierno detalla, en artículo 2 del Decreto Ejecutivo, que la planificación militar estará a cargo del Ministerio de Defensa, a través del Comando Conjunto de las FFAA.
En el artículo 3, se explica que todo tipo de arma o munición decomisada deberá ser entregada a autoridad competente para el respectivo procedimiento.
En las disposiciones generales se señala que las FFAA deberán coordinar y articular con la Policía Nacional, el Sistema Nacional de Rehabilitación Social y de Atención Integral a Adolescentes Infractores (Snai).
La pregunta fue:
¿Está usted de acuerdo con que las Fuerzas Armadas realicen control de armas, municiones, explosivos y accesorios, permanentemente, en rutas, caminos, vías y corredores autorizados para el ingreso a los centros de rehabilitación?
El decreto entró en vigencia desde su emisión, es decir, desde la tarde del jueves 23 de mayo.