Nombramiento aún está en manos de Contraloría, que podría “de un solo plumazo”destituirlo, reaccionó Hernán Ulloa
La jueza de la Unidad Judicial Penal de la parroquia Iñaquito negó la acción de protección que pretendía dejar sin efecto el nombramiento de César Córdova como Defensor del Pueblo encargado.
El Consejo de Participacion Ciudadana hizo pública la decisión de la jueza y reiteró que, con el dictamen, se ratifica que la institución “ha obrado dentro de la legalidad y legitimidad para realizar esta designación”.
“Se demostró al país que el accionante, siendo la Directiva de la Asociación de Personas trabajadores y servidoras públicas de derechos humanos de la Defensoría del Pueblo, no es sujeto de vulneración de derechos dentro del proceso de encargo, ya que ninguna garantía fundamental consagrada en la Constitución con relación a esta Asociación ha sido vulnerada”, detalló el CPCCS.
El CPCCS reitera que, al no existir normativa que determine el procedimiento para designar Defensor del Pueblo encargado, el organismo basó su designación en los criterios emitidos tanto en el Art. 23.- de la Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo como en el Informe sobre la situación de las defensoras y defensores de los Derechos Humanos en las Américas, elaborado por la Comisión lnteramericana de Derechos Humanos (CIDH).
Para el CPCCS, el nombramiento de Córdova es una “medida administrativa emergente” mientras se realiza el proceso de selección del nuevo titular, a través del concurso de oposición y méritos.
De su lado, Hernán Ulloa, integrante del CPCCS, criticó la decisión de la jueza.
“El día de hoy se tuvo un revés judicial ante una acción que se presentó, donde la señora jueza consideró que no había vulneraciones de derechos constitucionales”, indicó.
Para Ulloa, “una cosa es vulneración de derechos constitucionales y otra temática es la violación a la ley”.
“Una decisión que es inconstitucional, son cuestiones que, dentro del ámbito judicial, pueden ser tratados de manera distinta y la jueza consideró que no había vulneración, pero existe una nominación de una persona que no cumple con los requisitos», comentó.
Sin embargo, informó que la Contraloría está revisando la designación para “tomar cartas en el asunto”.
“Él, muy bien, como autoridad de la Contraloría, de un solo plumazo, al encontrar que no cumple los requisitos que se requieren para el ejercicio de ese cargo, puede destituirlo”, dijo.
Fuente: CPCCS y Sonorama