Las reformas fiscales que se desprenden de esta ley entrarán en vigor desde el 1 de enero de 2022 y los tributos comenzarán a cobrarse desde 2023.
Punto Noticias. Pasadas las 16h00, la controvertida Ley para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la pandemia COVID-19, propuesta por el Gobierno, ya está publicada en el Registro Oficial.
La reforma legal enviada se publica por el Ministerio de la Ley, tras una polémica votación en la Asamblea Nacional, del viernes pasado, en el que, según las autoridades, no hubo ningún pronunciamiento de los asambleístas.
Con la ley, el Gobierno espera recaudar más de $1.900 millones en los dos primeros años de su vigencia. Varias de sus reformas fiscales entrarán en vigencia desde enero de 2022 y algunos reformas tributarias desde 2023.
El principal esfuerzo recaerá en quienes ganan más de $5.000 al mes, tienen patrimonio mayor a $1.000.000 y las mayores empresas del país. Quienes ganan entre $2.000 y $5.000 mensuales harán un pequeño aporte, proporcional a su nivel ingreso.
A continuación puede revisar el contenido de la primera ley económica del Gobierno de Guillermo Lasso: Ley Desarrollo Económico
Al mediodía de este lunes 29 de noviembre, el presidente de la República, Guillermo Lasso, envió la denominada Ley para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la pandemia COVID-19, para su publicación en el Registro Oficial.
De esta manera, la reforma tributaria, cuestionada por sectores de la sociedad, entrará en vigencia desde enero de 2022, según lo informó hoy el subsecretario de Gobernabilidad, Juan Manuel Fuertes.
El primer mandatario envió esta ley al Registro Oficial, luego de que se venciera el plazo de 30 días, que tuvo el Legislativo para aprobarla, negarla o modificarla. Sin embargo, debido a que el Pleno de la Asamblea no adoptó ninguna resolución, la reforma tributaria entrará en vigencia sin ningún tipo de cambios; es decir, tal cual la redactó el Gobierno.
🔴 #Atención l Presidente @LassoGuillermo envió la Ley para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la pandemia COVID-19, para su publicación en el Registro Oficial. pic.twitter.com/yw7D5olFCe
— Radio Pichincha (@radio_pichincha) November 29, 2021
Precisamente, en el oficio dirigido al director del Registro Oficial, Hugo Del Pozo, el jefe de Estado certifica que el pasado 26 de noviembre se puso en consideración del pleno de la Asamblea varias mociones respecto de los informes al mencionado proyecto de ley sin que ninguna de ellas obtuviera los votos necesarios para su aprobación.
La decisión del Ejecutivo se sustenta en el artículo 62 de la Ley de la Función Legislativa, que dictamina:
«Cuando en el plazo de 30 días, la Asamblea Nacional no apruebe, modifique o niegue el proyecto calificado de urgente en materia económica, la Presidenta o Presidente de la República lo promulgará como decreto ley y ordenará su publicación en el Registro Oficial».
Sin embargo, «la Asamblea Nacional podrá en cualquier tiempo modificarla o derogarla, con sujeción al trámite ordinario previsto en la Constitución» .
De hecho, desde las bancadas de Pachakutik e Izquierda Democrática han anticipado que presentarán un proyecto para derogar esta ley, misma que, sustentan, afecta a la clase media ecuatoriana y protege y a los grandes evasores.
Fuente: Presidencia de la República.