Ninguna Institución pública ni municipio que haga control de vehículos o licencias puede sancionar a las personas durante el tiempo que los usuarios no pudieron realizar sus trámites, agregó.
Adrián Castro, director Ejecutivo de la Agencia Nacional de Tránsito (ANT), destacó que existe un principio elemental dentro de la administración pública que no necesita de ningún exhorto de alguna autoridad, para que se ejerza.
“Se trata de sentido común y del conocimiento de la norma pública de los municipios y agentes de tránsito”.
Resaltó que en el marco de la confianza legítima y seguridad jurídica, los derechos de las personas no se pueden verse afectados por los errores de las instituciones públicas o funcionarios públicos, de ahí que, en este caso, sería injusto e irracional que se multe a un vehículo o licencia por no haber cumplido un trámite, producto de una falla en el sistema,
“Todos los municipios fueron notificados, ninguna Institución pública ni municipio que haga control de vehículos o licencias puede sancionar a las personas durante el tiempo que los usuarios no pudieron realizar sus trámites”, reiteró.
Aclaró que la sanción en este caso, no podría ser a los vehículos con dígito 9, que no pudieron matricular su vehículo.
Explicó que la competencia de matriculación la tienen todos los municipios del país, sin excepción, en cuanto a dirigir el tránsito, únicamente lo pueden hacer los 18 municipios de categoría A y dos mancomunidades.
Fuente: Un Café con JJ