“La solicitud se debe realizar a través de los canales diplomáticos. En este caso por medio de la Cancillería y está a su vez hace el trámite a la CNJ”, explicó José Suing.
José Suing, presidente de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), manifestó que una vez el Consejo Nacional Electoral (CNE) formalice los resultados de la consulta popular y referéndum, estos deben analizados en la Asamblea y finalmente publicados en el Registro Oficial para su operatividad.
“Se enmendará el artículo 79 de la Constitución y la Ley de Extradición”, agregó.
Suing aclaró que no hace falta elaborar normativa pues en los anexos de la consulta popular ya están los textos que deben ser modificados, por lo que la extradición debe ser de inmediata vigencia.
El presidente de la CNJ, explicó que uno de los requisitos para la extradición es que el ecuatoriano haya cometido un delito en ese país, además que la tipificación y las penas deben ser iguales o proporcionales en ambas naciones.
“La solicitud se hace a través de los canales diplomáticos. En este caso por medio de la Cancillería y está a su vez hace el trámite a la CNJ”, puntualizó el juez en entrevista a FM Mundo.
José Suing detalló que en el proceso de extradición se debe respetar el debido proceso y el derecho a la defensa y si se encuentras méritos, cumpliendo con todos los requisitos, se procede a la entrega del ecuatoriano al país requirente.
Hernán Luque Lecaro
El presidente de la CNJ, José Suing, informó que el próximo 14 de mayo se llevará a cabo la audiencia de extradición de Hernán Luque Lecaro en Argentina. Ahí la jueza deberá determinar si lo entrega o no a Ecuador.
Suig aclaró que la CNJ ha cumplido con los pasos que correspondían, en el tiempo oportuno, para solicitar la extradición de Luque Lecaro, pero la decisión final está en Argentina.