El hecho ocurrió en 2013 en Baños y recién en 2020 los ahora sentenciados fueron detenidos. Un cuarto responsable del homicidio preterintencional aún está prófugo.
Punto Noticias.- Un Tribunal de Garantías Penales de Tungurahua sentenció a David Cristóbal A., Arturo David L. y Alberto Eduardo T. a tres años de cárcel por el homicidio preterintencional de Diego Rafael M. P.
El hecho se registró el 30 de julio de 2013 cuando la víctima y los hoy sentenciados se encontraban ingiriendo bebidas alcohólicas en el parque Juan Montalvo del cantón Baños. En horas de la noche se inició una discusión que produjo una riña con golpes.
Los ahora sentenciados salieron del parque, menos la víctima, pues su cuerpo quedó cerca de los juegos infantiles. Los tres permanecieron prófugos hasta 2020, cuando fueron detenidos. En este caso hay un cuarto involucrado, que aún permanece prófugo de la justicia.
En la audiencia de juicio, el fiscal César López demostró el cometimiento del delito y la responsabilidad de los procesados con la autopsia médico-legal practicada a la víctima, la cual determinó una muerte por bronco aspiración y que recibió golpes que coadyuvaron a su muerte.
Además, López presentó la pericia toxicológica del cadáver, el informe de reconocimiento del lugar de los hechos, testimonios (especialmente de un comerciante informal que observó el hecho), el informe investigativo de la Dinased, entre otros que permitieron que el Tribunal sentencie a los procesados, a quienes se les ordenó una reparación integral solidaria para la familia de la víctima por USD 20.000.
El delito de homicidio está tipificado en el artículo 144 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y aunque determina una pena de pena privativa de libertad de diez a trece años, se calificó el comportamiento de los procesados como delito preterintencional, tipificado en el artículo 26 de la misma normativa.
Fuente: Fiscalía, redes sociales