Estudios en la región, sobre países que han aplicado reformas similares, alertan que dichos cambios no han incrementado el empleo y sí precarizado el trabajo.
Punto Noticias. “No hay nada más precario que el desempleo”. Es la frase y argumento reiterado por las autoridades de Gobierno ante los cuestionamientos del incremento de la precarización laboral con el proyecto de Ley de Creación de Oportunidades, enviado por el Presidente Guillermo Lasso.
El Mandatario ecuatoriano, en la Asamblea Nacional, dijo que se trata de una ley alternativa para contratar y que no existe una regresión de derechos. Únicamente, dijo, una adaptación a la nueva realidad, para generar oportunidades laborales, con la flexibilización de modalidades contractuales y jornadas laborales.
Varios artículos y estudios en la región alertaron –y lo siguen haciendo- que la flexibilidad laboral contribuye directamente a la precarización del empleo y no necesariamente al incremento de plazas de trabajo. Como ejemplo, ubican a Colombia y sus altos índices de desigualdad.
La Organización Internacional del Trabajo (OIT) en un trabajo coordinado con el Ministerio del Trabajo demostró que Colombia no solo cuenta con una de las tasas de desempleo más altas de América Latina, sino también con una duración del desempleo relativamente larga (10,6 meses en áreas urbanas; 10,6 meses en ciudades intermedias (urbanas); y 8,6 meses en zonas rurales).
Entre los puntos en común de la reforma laboral de Ecuador con la que tuvo Colombia tiempo atrás es el contrato alternativo de tiempo definido, que preverá seis meses como tiempo mínimo de duración y cuatro años como tiempo máximo.
Con ello, según alertan organizaciones sindicales, se daría un exceso de poder, dentro de la relación laboral, en beneficio del empleador. No es la primera vez que ocurre. Como ejemplo, mencionaron la Ley de Apoyo Humanitario que permitió los abusos del empleador en cuanto a despidos. Además, con estos contratos temporales, dicen, se pierde la estabilidad y, con ello, la dificultad de construir un proyecto de vida.
En un análisis, según publica Sputnik, realizado por ocho universidades y centros de estudios de América Latina de los que participa el Centro Interdisciplinario de Estudios sobre Desarrollo (CIDER) de la Universidad de los Andes y con base al informe del Índice de Desarrollo Regional para Latinoamérica (IDERE-Latam), de 182 territorios analizados en América Latina, concluye que Colombia es el país con las mayores desigualdades territoriales.
Otra reforma similar con países que han optado por este modelo “alternativo” es el abaratamiento del despido. La Ley de Oportunidades plantea reducciones al desahucio, del 25% al 15%, y los despidos intempestivos se reducen en un 50%.
En otro punto en común, se dificulta más la defensa de los derechos laborales e, incluso, el trabajador podría quedar en indefensión. El artículo 75 de la propuesta de Lasso plantea que el trabajador deberá pagarle al empleador una indemnización si se cumple alguna de las 13 causales establecidas en el artículo 70, entre ellas, falta de probidad. ¿Habrá algún ente de control de probidad? ¿Será el empleador, entonces, juez y parte?
Estas son algunas de las preguntas que se hacen los dirigentes sindicales, quienes consideran que quedaría a discrecionalidad del empleador la salida del trabajador.