Las funciones generales del COE son: la planeación estratégica, coordinación política, coordinación de actores humanitarios, seguimiento y control de operaciones de respuesta e información pública.
Punto Noticias: Sobre la base de los argumentos expuestos, el Comité de Operaciones de Emergencia Nacional emitió un comunicado para aclarar sus competencias. Ante esto aclaró lo siguiente:
- Disponer a las autoridades locales (Prefectos, alcaldes, presidentes de juntas parroquiales) acaten las disposiciones del COE Nacional
- Las autoridades que incumplan o modifiquen lo ya resuelto por el COE o se arroguen funciones funciones que no son de su competencia, serán sancionadas de acuerdo con lo previsto en el ámbito administrativo, civil y penal establecidos en la Ley. Sin que puedan argumentar desconocimiento toda vez que los Decretos, Resoluciones del COE-N son emitidas y publicitadas con la debida antelación.
- Las autoridades locales no podrán disponer a la fuerza pública (Policia nacional y Fuerzas Armadas) ningún operativo que no está alineado a lo dispuesto en Decretos Ejecutivos y Resoluciones del COE Nacional y sin coordinación previa de los Comité de Operaciones de Emergencia a nivel Provincial y Nacional.
- Todas las resoluciones que tomen los COE´s municipales y metropolitanos, deberán tener coherencia con las adoptadas por el COE Nacional, para ello los gobernadores y la Asociación de Municipalidades del Ecuador, establecerán los canales adecuados para este requerimiento lo cual deberá ser reportado a la secretaria del COE Nacional.
- (C.D.A.)