La Corte Constitucional concluyó que las preguntas cumplen los requisitos y garantizan la libertad de los electores. Hubo el voto salvado de un juez que no estuvo de acuerdo con la constitucionalidad de las preguntas.
Punto Noticias. La Corte Constitucional emitió las sentencias de control de constitucionalidad de las convocatorias a referendo Nos. 4-22-RC/22A y 6-22-RC/22A, que se refieren a las ocho preguntas de enmienda constitucional que plantea el Presidente de la República, Guillermo Lasso.
En la primera sentencia, la Corte realizó el control previo de seis preguntas de enmienda constitucional sobre: 1) extradición en delitos relacionados al crimen organizado internacional; 2) creación de un Consejo Fiscal; 3) reducción del número de asambleístas; 4) reducción de movimientos políticos; 5) inclusión de un subsistema de protección hídrica; y, 6) compensación por servicios ambientales.
En la segunda sentencia, la Corte se refirió sobre las otras dos preguntas que presentó el Gobierno sobre la eliminación de la facultad de designación que actualmente tiene el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS) y de la introducción de nuevos mecanismos de designación de autoridades a cargo de la Asamblea Nacional; y, 2) la modificación del mecanismo de designación de los consejeros del CPCCS.
En ambas sentencias, la Corte verificó que, en su mayoría, los considerandos que introducen las preguntas cumplen los requisitos previstos en el artículo 104 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional (LOGJCC). Sin embargo, en ambas propuestas, la Corte consideró necesario declarar la inconstitucionalidad de frases dentro de considerandos puntuales que podrían afectar la plena libertad de los electores y cuya eliminación no afectaba la secuencia lógica de la correspondiente propuesta.
Respecto de las preguntas, la Corte concluyó que estas cumplen los requisitos establecidos en el artículo 105 de la LOGJCC y garantizan la libertad de los electores, por lo que las declaró constitucionales.
Además, dispuso que se proceda conforme al proceso establecido en la Constitución y en la Ley Orgánica Electoral para los referéndums de modificación constitucional.
El juez Jhoel Escudero Soliz presentó un voto salvado a la sentencia del primer paquete de seis preguntas porque, dijo, la pregunta 2 sobre la extradición y la pregunta 4 respecto de la reducción del número de asambleístas, no debieron superar el primer momento de control, (sobre la vía para enmendar la Constitución).
Mientras que las preguntas 7 sobre el subsistema de protección hídrica y 8 respecto de la compensación por servicios ambientales, no garantizan la libertad del elector ni cumplen con las cargas de claridad y lealtad.
Aún quedan tres preguntas que planteó el Gobierno, que no son de referéndum, sobre empleo para mayores de 45 años, reformas legales para combatir las «vacunas» o extorsión y sobre el destino de bienes decomisados. En los próximos días la Corte tendrá que emitir su dictamen y, con ello, el gobierno podrá convocar a consulta popular.