De las 316 personas privadas de libertad asesinadas, la mayoría de ellas eran personas jóvenes que se encontraban en prisión preventiva acusadas por delitos menores.
Punto Noticias. Durante su visita, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) observó el consenso entre todas las autoridades y otros actores de que se presenta el abuso de la prisión preventiva.
El Estado reporta que al 29 de octubre de 2021, más del 39% del total de la población carcelaria se encuentra bajo este régimen. Las cifras anteriores reflejan que la prisión preventiva se aplica de manera contraria a la excepcionalidad que exige su naturaleza, ser de última instancia y no ser la regla general.
La CIDH tuvo acceso a información que indica que entre los principales desafíos que enfrenta el Estado para reducir el uso excesivo de la prisión preventiva, y en consecuencia, los altos niveles de hacinamiento carcelario, se encuentran los siguiente: mayores niveles de encarcelamiento con la idea de solucionar problemas relacionados con la seguridad ciudadana, obstáculos en la labor de operadores de justicia para aplicar medidas alternativas, tales como falta de respaldo para solicitarlas e imponerlas; y retos en la utilización de medidas alternativas vinculados con su implementación en la práctica.
Señalan que la privación de libertad de una persona imputada no puede constituir una pena anticipada, como tampoco una manera de prevenir que se cometan otros crímenes.
Por el contrario, explican, la detención preventiva debe tener un carácter procesal y, en consecuencia, sólo puede fundamentarse en sus fines legítimos: asegurar que la persona acusada no impedirá el desarrollo del procedimiento ni eludirá la acción de la justicia.
En 2021, la CIDH indica que fallecieron 316 personas privadas de libertad, la mayoría de ellas eran personas jóvenes que se encontraban en prisión preventiva acusadas por la comisión de delitos menores.