La Contraloría aseguró que este acto no corresponde a ningún acto de persecución, sino que son parte de sus competencias establecidas en la ley y la Constitución.
La Contraloría General del Estado ratificó el impedimento que tendría el asambleísta por la Revolución Ciudadana, Patricio Chávez, de ejercer un cargo público.
La Contraloría explicó que el 06 de abril de 2018, un examen especial de la Dirección Nacional de Auditoría de Deuda Pública y Finanzas estableció responsabilidad administrativa de multa y destitución de Patricio Chávez. cuando ejercía como delegado ante el directorio de Petroecuador.
En el documento se determinó que entre el 8 de diciembre de 2015 y el 21 de marzo de 2016, Chávez autorizó un crédito entre el Banco Industrial y Comercial de China y la empresa Petroecuador por USD 970 millones, con garantía soberana del estado ecuatoriano.
La Contraloría explica que este tipo de operaciones debe ser realizada única y exclusivamente por el Ministerio de Finanzas, entidad que tampoco suscribió un convenio de restitución, previo al otorgamiento de la garantía soberana.
“Esto ocasionó que no se garantizara la recuperación de recursos si la cartera de estado hubiese tenido que cancelar el crédito como garante”, señala el comunicado.
El 20 de septiembre de 2018, la Dirección Nacional de Responsabilidades emitió una multa y ordenó la destitución de Patricio Chávez, quien presentó una impugnación a la resolución el 07 de diciembre de 2022. Sin embargo, el 27 de febrero de 2024 se ratificó el dictamen, en su contra.
La Contraloría detalló que el 28 de marzo de 2024, el ahora asambleísta presentó un recurso de casación para suspender los efectos de la sentencia del Tribunal Contencioso Administrativo, pero como no se solicitó de manera oportuna la caución, la sentencia quedó en firme.
“La Contraloría remitió la documentación al Ministerio de Trabajo para que proceda de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente”, señala el comunicado.
La Contraloría aseguró que este acto no corresponde a ningún acto de persecución, sino que son parte de sus competencias establecidas en la ley y la Constitución.