A algunas personas les preocupa que, si tienen pérdidas en sus negocios, tengan igual que pagar lo que establezca la tabla.
Punto Noticias.- La Ley de Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal aprobada en 2021 creó el Régimen Simplificado para Emprendedores y Negocios Populares (Rimpe), el cual ahora genera confusión entre quienes fueron incluidos en el catastro del Servicio de Rentas Internas (SRI).
En su página web, el SRI publicó el catastro que incluye a negocios populares y emprendimientos, pues eso dispone el reglamento de Ley de Desarrollo Económico.
La normativa señala que el Servicio de Rentas Internas deberá hacerlo hasta el mes de abril de cada año, de manera referencial.
En el listado ya constan 789.806 contribuyentes que fueron agregados, porque registran ingresos hasta por USD 300.000.
De este grupo el 82%, es decir 645.887 contribuyentes, corresponde a negocios populares. Estos son los que tienen ingresos de USD 0 a USD 20.000.
El resto corresponde a emprendedores con ingresos de USD 20.001 a USD 300.000 e instituciones privadas sin fines de lucro. Estas últimas fueron incluidas para acogerse a la presentación de declaraciones semestrales y las demás normas relativas a la simplificación de obligaciones tributarias.
La inclusión de estas entidades no genera cambios en su naturaleza jurídica, ni tampoco significa que tendrán exoneraciones de impuestos.
Quienes formen parte de la lista pagarán el Impuesto a la Renta (IR), de acuerdo con una tabla progresiva, sobre sus ingresos netos.
La tabla impositiva obliga a pagar a los negocios que tienen ingresos de hasta USD 20.000, USD 60 al año.
El monto más alto es de USD 2.797 y se da entre quienes tengan ingresos desde USD 200.000 a USD 300.000.
Algunos contribuyentes están preocupados, pues a pesar de haber registrado pérdidas deberán cancelar los impuestos.
A Julio Asanza, quien es propietario de la agencia de viajes PJV Tours en Machala, le genera dudas este nuevo régimen que, desde ya, lo considera engorroso.
Dijo que la información que tiene es muy técnica y escasa para que los pequeños negocios puedan entenderla.
Para aquellos que prestan servicios profesionales y no tienen trabajadores a su cargo se genera una sorpresa estar incluidos dentro del catastro.
Por ejemplo, Laura Medina factura mensualmente unos USD 850 por concepto de ventas de artículos de catálogo. Ella fue incluida el año pasado en el Régimen Impositivo para Microempresas (RIM), pero por desconocimiento no pudo solicitar la exclusión a tiempo de ese sistema.
Cindy Madero presta servicios como locutora y presentadora de eventos en Machala y al año llega a facturar en promedio USD 1.500.
La mujer logró salir del RIM al cambiar su razón de su Registro Único de Contribuyentes (RUC), pero ahora consta en el nuevo.
Para el tributarista Carlos Licto, sí existen ciertos vacíos y hay algunos contribuyentes que pueden estar en “el limbo”, como aquellos que estaban como emprendedores y ahora pasaron al régimen general.
Miguel Ángel González, presidente de la Cámara de Comercio de Guayaquil, señala que hay tres inconvenientes detectados en este nuevo régimen. El primero es que las empresas pagarán a pesar de perder. El segundo problema es que los contribuyentes no están siendo notificados de su incorporación al régimen, lo que genera multas por el desconocimiento de las obligaciones. Y el tercer aspecto es que no se ha establecido un mecanismo de exoneración en caso de que los ingresos caigan por factores externos como desastres naturales.
Fuente: El Universo, redes sociales