La Superintendencia de Economía Popular y Solidaria dio plazo para que las cooperativas cumplan con un cronograma hasta el 2022.
Punto Noticias.- La Superintendencia de Economía Popular y Solidaria exigirá a las cooperativas de ahorro y crédito que cuenten con una base mínima de capital social de USD 200.000 para su funcionamiento.
Las entidades tendrán hasta el 31 de diciembre de 2022, para registrar el capital solicitado.
La normativa que fue propuesta por la Superintendencia fue aprobada en enero por la Junta de Política de Regulación Monetaria, por lo que ya está en vigencia. Sin embargo, previo a esa fecha no estaba establecido un capital social mínimo, aunque el Código Orgánico Monetario Financiero ordenaba desde su aprobación, en el 2014, que se estableciera el monto para operar en esa categoría.
La regulación llega más de seis años después de expedido el Código, en cuyo artículo 447 se establece que el capital social de una cooperativa está fijado por la Junta de Política de Regulación Monetaria.
Para las cooperativas que no tuvieron el monto de capital social establecido, hasta sus balances del 31 de diciembre de 2020, se implementó un cronograma.
El incremento del capital será gradual. El primer plazo será el próximo mes, el 30 de junio; el segundo es el 31 de diciembre y el tercero y cuarto serán en junio y diciembre del 2022.
La superintendenta de Economía Popular y Solidaria, Margarita Hernández, señaló que los plazos y montos se establecieron con base en la información emitida por cada cooperativa.
Por ejemplo, aquellas entidades que tienen activos inferiores a USD 500.000 tienen que inyectar un capital social de 15.000 hasta el 30 de junio. Luego, hasta el 31 de diciembre 30.000 más, y así progresivamente hasta llegar a los 200.000 de capital social.
No se descarta que con esta nueva medida las cooperativas opten por “convertirse o fusionarse”, observando las disposiciones del Código Orgánico Monetario y Financiero. Esto quiere decir, que las que no logren el capital mínimo tienen la opción de convertirse en una caja de ahorro, caja comunal o en una banca comunal, cada una con sus propias características y regulaciones.
Marcos López, delegado del presidente ante la Junta Monetaria y Financiera, aseguró que es “preferible la conversión”, en el caso de que una cooperativa sea muy pequeña.
El funcionario indicó que se espera contar con el procedimiento para que se conviertan en cajas de ahorro o cajas comunales.
Al momento, existen 514 entidades controladas por la Superintendencia, de ellas 510 son cooperativas de ahorro y crédito y cuatro mutualistas para ahorro y crédito de vivienda.
Valeria Llerena, directora de la Red de Instituciones Financieras de Desarrollo, expresó que en el sector financiero popular existe preocupación por los plazos de la Superintendencia, sobre todo, en las cooperativas más pequeñas en las que difícilmente podrían cumplir con el capital solicitado, por lo que acotó que se están haciendo gestiones con el fin de que se amplíen los plazos dados por las autoridades regulatorias.
Fuente: Superintendencia de Economía Popular y Solidaria, El Comercio, redes sociales