La Corte dispuso a la Asamblea realizar los cambios necesarios que observan eliminar las inconstitucionalidades dictaminadas, para posterior sanción del primer mandatario.
Punto Noticias.- El Pleno de la Corte Constitucional aceptó parcialmente las objeciones presentadas por el Ejecutivo, en contra del artículo 46 del Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre respecto a la regulación de plataformas digitales de movilidad.
Asimismo declaró procedente la objeción de inconstitucionalidad de los artículos 56, 57(b), 58 (b) y 169 de este proyecto de ley aprobado por la Asamblea Nacional y observada por el presidente Guillermo Lasso.
Sobre el artículo 46, la Corte aceptó parcialmente la objeción del Ejecutivo que señala que las regulaciones a las plataformas digitales «contravienen el derecho a la libertad de contratación relacionada con el derecho al trabajo”; mientras que el Legislativo planteó, en este artículo, que las plataformas digitales siempre pertenezcan a operadoras debidamente constituidas y cumplan con los requisitos mínimos de laLey de Tránsito.
🔴 #Atención l @CorteConstEcu emitió Dictamen 3-21-OP/21 respecto al Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial presentada por el presidente @LassoGuillermo. pic.twitter.com/uu60DT0Tdf
— Radio Pichincha (@radio_pichincha) July 2, 2021
Asimismo, declaró procedente la objeción de inconstitucionalidad a los incisos segundo y tercero del artículo 56 del Proyecto, que crea el artículo 73 (a) de la Ley, por contravenir el derecho a la libertad de asociación y a la proporcionalidad de las sanciones.
En cuanto a la objeción de inconstitucionalidad de los artículos 57 (b) y 58 (b) del Proyecto, que sustituyen los actuales artículos 74 y 75 de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, la declara procedente por contravenir el principio constitucional de descentralización basada en la transferencia obligatoria y progresiva de competencias a los GAD.
La CC dispuso a la Asamblea Nacional realizar los cambios necesarios, exclusivamente, dirigidos a eliminar las inconstitucionalidades dictaminadas, para posterior sanción del presidente de la República, Guillermo Lasso.
Fuente: Corte Constitucional