El juez Felipe Córdova, quien tiene a su cargo el caso Las Torres, deberá decidir sobre los pedidos de sustitución de la prisión preventiva, sobreseimientos, así como si llama a juicio o no a los 13 procesados por presunta delincuencia organizada.
Punto Noticias.- Sustituir la prisión preventiva del excontralor subrogante Pablo Celi y su hermano Esteban, así como de Adolfo Agusto Briones está bajo el análisis del juez nacional Felipe Córdova, quien tiene a cargo el caso Las Torres.
Las defensas de los tres procesados, de 10 más en este caso, aspiran que el juez tome en cuenta sus pedidos, debido a que la resolución 14-2021 de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) expedida el pasado 15 de diciembre tiene carácter de general y obligatoria y aclara que la prisión preventiva debe “justificarse correctamente de conformidad con la ley” y que se ordenará solo si se ha demostrado que la persona investigada podría fugarse, caso contrario, se deben dictar otras medidas, con el fin de garantizar su presencia al juicio.
Al juez le corresponde decidir sobre esos pedidos, una vez que tras la audiencia preparatoria de juicio también se escuchó la posición de la fiscal general del Estado, Diana Salazar.
La funcionaria se opuso a la sustitución de la prisión preventiva debido a que no se tendrían las garantías de que los tres solicitantes comparezcan a la siguiente etapa del proceso.
Dijo que para los tres procesados la situación es angustiosa porque cada vez se acercan a la imposición de una condena por el delito de delincuencia organizada.
Los dos hermanos Celi y Agusto Briones son los únicos que mantienen la medida cautelar de prisión preventiva en el caso Las Torres, desde el pasado 13 de abril, cuando se les formuló cargos. Los tres están internados en la Cárcel 4, de Quito.
La resolución de la CNJ especifica que la prisión preventiva es una medida cautelar personal “excepcional”, que debe ser solicitada y ordenada de conformidad con las circunstancias de cada caso concreto, y cuando se desprenda procesalmente que ninguna otra medida cautelar personal es útil y eficaz.
Para la Fiscalía no existiría ningún inconveniente en justificar la prisión preventiva para los tres procesados conforme lo dispuesto por el Código Orgánico Integral Penal (COIP), debido a que las medidas alternativas no serían suficientes.
Marcelo Ron, abogado de Pablo Celi, señaló que estas aclaraciones afianzarían su pedido de que se sustituya la prisión preventiva para su cliente.
La defensa del excontralor subrogante manifestó que no existe riesgo procesal de fuga ni de entrometerse en la investigación del caso, debido a que Celi dejó de ser funcionario público y a ello sumó el hecho de que tiene un problema en uno de sus ojos que le conlleva un riesgo de perder la vista.
Salazar, en cambio, aseveró que existiría riesgo de fuga del excontralor y añadió que la medida se podría revisar, sustituir o suspender cuando concurran hechos nuevos que así lo justifiquen o que se obtengan evidencias nuevas que acrediten hechos antes no justificados.
Precisó que la vida de los tres procesados no está en riesgo como la que pueden tener otros privados de la libertad.
La defensa de Adolfo Agusto Briones, Joan Paul Egred, también se sumó al criterio de la CNJ con respecto a la prisión preventiva.
Consideró que el juez Córdova debe tomar en cuenta todos los fundamentos fácticos y de derecho sobre la prisión preventiva.
Señaló que contra su cliente existe solo una elucubración de que iba a colaborar con la estructura que dice existió la Fiscalía, pero tal colaboración no solamente que en la práctica no se dio, recibiendo dinero, sino que además era imposible que se dé, porque la cuenta a la que hizo alusión la Fiscalía nunca se abrió.
A su vez, las defensas de los 13 procesados solicitaron al juez que se emita el sobreseimiento, mientras la fiscal Salazar insistió en que todos sean llamados a juicio.
La decisión final la tiene el juez Córdova, quien desde el pasado 16 de diciembre analiza todos los alegatos expuestos en ocho días de audiencia preparatoria de juicio y revisa minuciosamente los 773 cuerpos que conforman el expediente fiscal.
Apenas tenga ya su decisión, el juez convocará a la reinstalación de la diligencia para anunciarla oralmente. Ahí se conocerá si llama o no a juicio a los 13 acusados por la Fiscalía de ser parte de una “estructura delictiva” que operó en la Contraloría General del Estado (CGE), en Petroecuador y la Secretaría de la Presidencia de la República para cobrar sobornos a empresas contratistas a cambio de liberar pagos o desvanecer glosas, como fue el caso de la empresa Nolimit.
Fuente: CNJ, El Universo, redes sociales