La exlegisladora fue acusada de cobrar diezmos a sus excolaboradores.
Punto Noticias.- El Tribunal Penal de la Corte Nacional de Justicia integrado por los jueces Dilza Muñoz (ponente), Iván León y Marco Rodríguez reinstalaron la audiencia de juzgamiento en contra de la exlegisladora Norma Vallejo, quien fue condenada por el delito de concusión a un año de cárcel. Además, deberá cancelar USD 9.050 a favor de los acusadores y diferencia de USD 14.100 al Estado
🔴#ÚltimaHora | El tribunal penal de la Corte Nacional de Justicia impone una condena de un año por el delito de concusión a la exasambleísta Norma Vallejo acusada de cobrar diezmos a sus excolaboradores. pic.twitter.com/phOyYo5r0D
— Pichincha Al Minuto ⚠️ (@MinutoPichincha) July 14, 2020
La diligencia se desarrolló vía telemática y en ella participó la fiscal general del Estado, Diana Salazar.
Días atrás, los jueces suspendieron la audiencia para analizar los elementos presentados por la Fiscalía; las pruebas presentadas por la Procuraduría General del Estado; lo expuesto por los acusadores particulares, representados por Felipe Rodríguez; y los alegatos de la defensa de la exasambleísta.
Durante su intervención, la fiscal consideró que se pudo comprobar que Vallejo recibió pagos en forma de depósitos no voluntarios de sus excolaboradores, los cuales eran utilizados para sus gastos personales. Este proceder, según la fiscal, se configuraría en el delito de concusión.
Felipe Rodríguez, abogado de los acusadores particulares, llegaron a pagar a la exasambleísta hasta del 50% de sus salarios con motivo de no perder su cargo.
La Procuraduría, también pidió al Tribunal una sanción con reparación integral de USD 17.390 a los denunciantes, además de las respectivas disculpas públicas.
En aquella ocasión, la defensa de Vallejo solicitó que se aplique el principio de igualdad ante la ley dispuesto en casos como el de María Alejandra Vicuña que fue sancionada con la pena atenuada de 1 año de cárcel y la restitución económica de USD 173.180.
El delito de concusión está tipificado en el artículo 281 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) con la pena de 3 a 5 años de cárcel y en el caso de presentar amenazas, el acusado podría ser sancionado con una pena privativa que va de 5 a 7 años de prisión.
Fuente: Corte Nacional, Fiscalía, Pichincha Comunicaciones, Twitter