Las entidades públicas, que tengan más de 20 trabajadores con hijos menores de 5 años, deberán contar con el servicio de guarderías de manera obligatoria.
El 22 de junio de 2023 entró en vigencia el acuerdo ministerial, firmado por Patricio Donoso, ministro de Trabajo.
El Ministerio de Trabajo mediante un acuerdo ministerial exige que cada entidad pública brinde el servicio de guardería para los hijos de sus funcionarios.
Las instituciones públicas que no puedan implementar la opción de guardería, deberán pagar 93 dólares mensuales, por cada niño que tenga el trabajador, hasta que este cumpla los cinco años.
En las normas se estipula que se priorice a los centros de cuidado diario infantil del Ministerio de Inclusión Económica y Social (MIES).
Cuando ya se autorice el pago, los funcionarios deberán presentar estos requisitos:
- Partida de nacimiento
- Certificado laboral
Si los dos padres son funcionarios públicos, solamente uno podrá acceder el beneficio económico.
La terminación de este beneficio, según la norma, se dará cuando:
- El beneficiario cumpla 5 años.
- El beneficiario no asista por más de tres días injustificadamente.
- Se de la cesación del servidor.
- Por fallecimiento del beneficiario.
- El funcionario a cargo pierda la custodia del beneficiario.
En caso de que el servidor público a cargo del beneficiario fallezca, el monto económico se lo otorgará al cónyuge o la persona legal.
Redacción: María José Carrión