SRI modificará las resoluciones pertinentes en el término de 15 días
El Presidente de la República, Guillermo Lasso, emitió el Decreto Ejecutivo 182, en el que establece una tarifa de 0 % del ISD a las transferencias, envíos o traslados de divisas que realicen las aerolíneas extranjeras autorizadas a operar en el país, que cuenten con el documento que acredite que han sido designadas por su autoridad aeronáutica para explotar un servicio internacional, sea de pasajeros, carga y correo en forma combinada o de carga exclusiva en Ecuador.
Para el cumplimiento de este decreto, el Servicio de Rentas Internas (SRI) modificará las resoluciones pertinentes en el término de 15 días y -junto al Ministerio de Economía y Finanzas y demás entidades correspondientes- serán las instituciones responsables de su ejecución.
Además, el Primer Mandatario suscribió el Decreto Ejecutivo N.° 183, con el que se sustituye la disposición transitoria del Reglamento a la Ley para Estimular y Controlar la Producción y Comercialización del Banano, Plátano (barraganete) y otras musáceas afines destinadas a la exportación.
El nuevo texto contempla que el registro e inscripción de este tipo de plantaciones se podrá solicitar al Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) por un año a partir de la publicación de la reforma en el Registro Oficial, ampliando el tiempo para estas inscripciones, que deberán realizarse conforme a lo establecido en el artículo 8 de esta ley.
Fuente: Secretaría de Comunicación