En seis meses, el IESS y el Gobierno deberán acordar monto de deuda impaga. Además, que a quienes no han cumplido requisitos actuales de jubilación se les haga el cálculo, tomando en cuenta la norma actual y las reformas.
En un evento público, realizado en la UDLA, Augusto de la Torre, de la Comisión para la reforma legal del sistema de pensiones, presentó los cambios que proponen. Aseguró que habría un proceso de transición lenta (tres décadas) al sistema nuevo. Pero no está claro cómo será el proceso:
- Las pensiones de los ya jubilados no se tocan.
- Los afiliados que ya hayan cumplido los requisitos para jubilarse mantienen su derecho a hacerlo bajo los parámetros del sistema actual.
- A los afiliados que todavía no han cumplido con los requisitos actuales de jubilación se les reconocerá la totalidad de los aportes que hayan realizado, en los términos del sistema actual:
-Su pensión al momento de jubilarse será un promedio ponderado por la proporción de años de aporte bajo el sistema actual y la proporción de años de aporte bajo el sistema nuevo. - Se creará dentro del IESS un Directorio del IESS-Pensiones, independiente, especializado en
pensiones y separado del actual Consejo Directivo del IESS. Este ejercerá gobernanza sobre el Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM), Cesantía y Seguro de Desempleo. Tendrá al menos dos vocales independientes, a más de los vocales que representen a los jubilados, empleadores y afiliados. Actuará también como Directorio del Biess. - En un plazo de seis meses, el Gobierno acordará con el IESS el monto de la deuda impaga y aún no documentada del Ministerio de Finanzas al IVM. También acordará con el IESS un plan de pagos de esa deuda, compatible con las restricciones fiscales. La “contribución anual obligatoria del Estado” al IVM seguirá siendo el equivalente al 40% de las pensiones, siempre y cuando ese monto no exceda el 3% de PIB. El Estado destinará al fortalecimiento del sistema de pensiones al menos el 20% de los ingresos extraodinarios (por encima de lo presupuestado).
Sobre sistema de invalidez, vejez y muerte
No se cambia ni la edad mínima de jubilación (60 años) ni a la tasa de aporte (11.06%), pero el
11.06% se aplica también al décimo tercer y décimo cuarto sueldos, porque se pagan 14 pensiones
▪ Requisitos de jubilación: se aumentan gradualmente (6 meses por año) los años de contribución
requeridos hacia una relación que va de 60 años de edad/35 años de aporte a 70 edad/15 aporte
o La tabla de requisitos de jubilación se ajustará automáticamente a la luz de cambios en la esperanza de
vida, con base a la “ratio de soporte” (años de aporte / años de beneficio).
🔴 #Atención | En el auditorio de la @UDLAEcuador, se desarrolla una rueda de prensa sobre la propuesta de reforma al sistema de pensiones. Augusto de la Torre, coordinador de la comisión encargada de elaborar el informe, preside la reunión. Las propuestas fueron presentadas este… pic.twitter.com/we1HAjH4tL
— Radio Pichincha (@radio_pichincha) July 5, 2023
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