La Corte Constitucional despenalizó el aborto en casos de violación con siete votos a favor y dos en contra, el pasado 28 de abril, mediante la sentencia 34-19-IN y acumulados.
Punto Noticias.- 151 organizaciones y colectivas entregaron una propuesta para el proyecto de Ley de aborto para víctimas de violación. Para el movimiento de mujeres, entre los acuerdos políticos y exigencias señalan que la Ley no debería definir plazos para acceder a la causal por violación.
La causal en sí, ya es una excepcionalidad, dice el documento y solo protege a un determinado grupo de mujeres. “Establecer plazos significa poner nuevos obstáculos a estos casos, ya excepcionales, lo que se traduciría en restringir aún más el acceso al servicio”.
Los colectivos y organizaciones de mujeres plantean que el proyecto de ley observe como único requisito para el acceso a un aborto por violación, una solicitud ante el servicio de salud, como lo establece la actual Guía de Aborto Terapéutico, vigente desde el 2014.
“Este debe venir en un formato sencillo en el cual quienes soliciten el aborto, declaren a su vez que el embarazo es producto de violación, en concordancia con los estándares internacionales que establecen que en delitos sexuales lo fundamental es el testimonio de la víctima”.
🟢Entrega de propuestas del movimiento de mujeres y feministas a la Ley de #AbortoPorViolación en la Defensoría del Pueblo.
Accede al documento ➡️ https://t.co/IW1WDyXlI7@MujeresEcuadorN pic.twitter.com/rq2NqBenqS— MujeresXCambioPichincha (@MujerPichincha) June 19, 2021
Si se incluyeran otros requisitos para acceder a los servicios de aborto como la denuncia, el examen médico o la declaración jurada, serían barreras de acceso para las mujeres, adolescentes, niñas, y personas con capacidad de abortar, que estén en situaciones de doble o triple vulnerabilidad, explica la proposición.
Incluso, el documento insiste que, desde el Movimiento de Mujeres y Feministas, “no apoyaremos ni respaldaremos una propuesta de ley que incluya como requisito para el acceso el examen ginecológico, porque no protege nuestros derechos, sería revictimizante y constituiría una barrera de acceso insuperable para muchas niñas, adolescentes, mujeres y personas con capacidad de abortar sobrevivientes y víctimas de violación”.
También, indican que tampoco apoyarán una propuesta que exija el requisito de una declaración juramentada, ya que, “por su costo y por exponernos nuevamente a la decisión de un funcionario público de recibir nuestra declaración”.
La Corte Constitucional despenalizó el aborto en casos de violación con siete votos a favor y dos en contra, el pasado 28 de abril, mediante la sentencia 34-19-IN y acumulados. Esa sentencia ordena que, con la participación de la sociedad civil, la Defensoría del Pueblo construya un proyecto de ley que garantice el acceso a la causal violación.
El proyecto de ley debe presentarse hasta el 29 de junio del 2021, a la Asamblea Nacional, que, a su vez, tiene seis meses para debatirlo.
Esta convocatoria para formar parte del diálogo y construir la propuesta del movimiento de mujeres fue enviada por 38 organizaciones y colectivas, para garantizar el acceso al aborto por violación en Ecuador.
El documento asume, entre otros aspectos, las barreras existentes en el país para el acceso a la salud y a la justicia. El sistema de salud, insisten las mujeres, que debe facilitar toda la información necesaria y el acceso al aborto en los servicios de salud más cercanos a sus territorios, adecuados y pertinentes culturalmente.
Además, exigen que en los entes de justicia se brinde información sobre aborto legal en caso de violación para todas las mujeres, adolescentes, niñas, hombres trans o personas no binarias, que acudan a poner denuncias por violencia sexual. “El objetivo de los mismos sería informar de su derecho a interrumpir un embarazo producto de violación”.
Con la finalidad de que sea una ley reparadora y que ponga en el centro los derechos humanos, la propuesta del movimiento de mujeres indica que es necesario que se garantice gratuidad, confidencialidad, igualdad y no discriminación, atención integral, accesibilidad, disponibilidad, calidad en la atención, sensibilización y capacitación, entre otros criterios.
Fuente: El Comercio