Para algunos abogados es indispensable que Mayra Salazar sea sujeto procesal, caso contrario no tendría validez la información que proporcione. Aún no se puede precisar cuál será su condena.
Punto Noticias.- Una vez que Mayra Salazar, procesada en el Caso Metástasis y relacionada con el Caso Purga, decidió acogerse a la cooperación eficaz, su pena por presunta delincuencia organizada se reduciría. Sin embargo, hay que analizar si esa cooperación es válida en el Caso Purga por no ser parte procesal.
Todo depende del acuerdo al que Mayra habría llegado con la Fiscalía, que analiza no solo su teléfono celular en los que se develan los chats con el narcotraficante Leandro Norero, sino una agenda pequeña de color negro en la que, según su abogado, Leonardo Toledo, constarían manuscritos con información que favorecen la defensa.
La relacionadora pública Mayra Salazar está detenida desde diciembre del 2023, en la Casa de Confianza de Chillogallo, ubicada en el sur de Quito. Ella habría sido intermediaria de Muentes.
Aparentemente, ella gestionaba habeas corpus con jueces de Cotopaxi y Guayas, para los hermanos del narcotraficante Norero y al trabajar en la Presidencia de la Corte Provincial de Justicia del Guayas incidió en otros casos.
Según la Fiscalía, Mayra Salazar fue parte de una triangulación para el cometimiento de presunta delincuencia organizada con el exasambleísta Pablo Muentes y la expresidenta de la Corte Provincial del Guayas, Fabiola Gallardo, procesados ahora por presunta delincuencia organizada en el Caso Purga.
Todos los elementos dados a conocer por Mayra Salazar fueron analizados por la Fiscalía y sirvieron de base para iniciar la investigación en el Caso Purga. El artículo 491 del Código Integral Penal (COPIP) señala que la cooperación eficaz es el suministro de datos, instrumentos, bienes o informaciones precisas, verídicas y comprobables, que contribuyen al esclarecimiento de los hechos investigados o permiten la identificación de los responsables de actividades ilícitas.
Mientras, el artículo 493 habla de la concesión de beneficios de la cooperación eficaz y es en este punto, Mayra Salazar se podría favorecer por la información proporcionada.
Sin embargo, un punto relevante que advierte un abogado, que prefirió guardar la reserva de su nombre, es cómo se validará la información que proporcione Mayra Salazar en el Caso Purga como prueba, si ella no es procesada en esa causa.
“Cómo se comprobará la validez del contenido del teléfono y de la agenda para un proceso en el que no es parte. Eso será motivo de cuestionamiento”, aseveró.
¿Cuál es el procedimiento de la cooperación eficaz?
Según el COIP, la fiscal propondrá al juzgador una pena no menor del 20% del mínimo de la fijada para la infracción en que se halle involucrado el cooperador.
“En casos de alta relevancia social y cuando el testimonio permita procesar a los integrantes de la cúpula de la organización delictiva, la o el fiscal solicitará a la o al juzgador, una pena no menor al 10% del mínimo de la pena fijada para la infracción contra la persona procesada que colaboró eficazmente».
«La concesión de este beneficio estará condicionada al cumplimiento de las obligaciones establecidas en el acuerdo de cooperación (…). Estos beneficios podrán solicitarse también cuando, como resultado de la cooperación eficaz, se permita la ubicación o recuperación de activos, dinero, bienes, efectos o beneficios de origen ilícito, en tenencia o propiedad de otros participantes en el delito o de terceros”, precisa el COIP.
La propia normativa señala que, por el delito de presunta delincuencia organizada, la persona que mediante acuerdo o concertación forme un grupo estructurado de dos o más personas que, de forma permanente o reiterada, financien, ejerzan el mando o dirección o planifiquen las actividades de una organización delictiva será sancionada con una pena privativa de libertad de siete a 10 años. Los demás colaboradores serán sancionados con una pena privativa de libertad de cinco a siete años.
Para el abogado penalista Hugo Espín, el caso de Mayra Salazar no es fácil, es complejo. Dijo que primero debe comprobarse que la información proporcionada es dada por un sujeto procesal. Es decir que forme parte de la investigación y que la información sea valorada por la Fiscalía.
En el caso de Mayra Salazar si se le concede el tiempo mínimo de la pena, podría acceder a una sentencia de un año aproximadamente. Sin embargo, dijo que no es fácil solo establecer una operación matemática porque hay que ver el fondo.
Explicó que esa pena reducida depende de lo que determine la Fiscalía y, posteriormente, el Tribunal de Juzgamiento, en el caso de ser una pena pura por delincuencia organizada que generalmente se podría dar la condena mayor a los procesados, es decir 10 años.
Pero Mayra Salazar podría también ser parte de un concurso real de infracciones. Eso significa que podría estar inmersa en otros delitos. No se descartaría que pueda estar involucrada, por ejemplo, con el Caso Villavicencio.
Espín señaló que se sumarían todos los delitos y de ahí se establecería una pena. Si es una pena pura se establecerá el 10% de la pena que se imponga, pero si hay un recurso real de infracciones se realizará una sumatoria de todos los delitos.
Asimismo, indicó que la cooperación eficaz será analizada dentro de la audiencia de juzgamiento, en la que el Tribunal deberá revisar el convenio firmado entre la Fiscalía y la cooperadora eficaz.
Por ejemplo, si fuera copartícipe en el Caso de Fernando Villavicencio, tendría otra pena.
El abogado André Benavides añadió que cuando una persona se somete a la cooperación eficaz debe cumplir con los objetivos previstos por la Fiscalía. Esto sería una especie de negociación.