«El presidente no ha justificado la configuración de la causal de conflicto armado interno», observó la Corte Constitucional, en su dictamen en el que declaró la constitucionalidad del estado de excepción.
Punto Noticias.- La Corte Constitucional dictaminó que el decreto que renueva el estado de excepción en Ecuador por 30 días más, sí es constitucional. El documento fue emitido el 21 de marzo de este 2024 y fue revisado por la jueza Daniela Salazar.
En el texto, además de declarar el control de constitucionalidad al estado de excepción por grave conmoción interna, la Corte Constitucional observó que el presidente Daniel Noboa no justificó las causales para declarar un conflicto armado interno.
En el dictamen, el organismo analiza los alcances del estado de excepción y la declaratoria del conflicto armado no internacional. Sobre esta última figura, explica que un conflicto armado interno «tiene lugar cuando existe violencia armada prolongada entre autoridades gubernamentales y grupos armados organizados o en entre esos grupos en el territorio de un Estado».
En el decreto de renovación del estado de excepción, en el que se incluyen algunos fundamentos del conflicto armado no internacional, el Ejecutivo, a través del director de inteligencia del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, explica que los 22 grupos delictivos- que fueron declarados como terroristas- habrían conformado 3 alianzas o facciones.»Estas alianzas estarían lideradas por 3 de los grupos delictivos con mayor presencia y poder en el país», explica el gobierno.
Sin embargo, pese a esta justificación, la Corte Constitucional sostuvo que el presidente Daniel Noboa, en su decreto de renovación, no presenta ni analiza los indicios en cuanto a la organización de cada organización criminal. De hecho, agrega la corte, no se presenta un análisis específico en cuanto a ninguno de estos grupos.
«En consecuencia, para este Organismo es claro que, en este caso concreto, el presidente de la República, hasta el momento, no ha brindado información suficiente para justificar la existencia de uno o más conflictos armados no internacionales y, por tanto, la configuración de la causal de conflicto armado interno», aclara el documento.
Tras este análisis, la Corte Constitucional del Ecuador concluyó que a pesar de que los hechos presentados por el Presidente de la República no configuran la causal de conflicto armado interno, no se afecta la constitucionalidad de la renovación del estado de excepción.
Una vez declarada la legitimidad del estado de excepción renovado, Ecuador seguirá bajo esta figura hasta el 6 de abril de este 2024.